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El Telégrafo

Salvaguardia para el calzado

26 de marzo de 2015

“Nos deja el tren de la historia” clamaban los importadores suplantando a los industriales, a mediados de los noventa, en busca de un apresurado ingreso a la Organización Mundial de Comercio. Finalmente Ecuador se adhirió a la OMC con tal premura que renunció el derecho a diez años de salvaguardia inicial en calidad de país en desarrollo.

La baja de aranceles decretada por la OMC, más aduanas y fisco inefectivos, más un dólar subvencionado con dólar petrolero, agigantaron las importaciones y quebró la producción. Luego, la baja del precio del petróleo provocó especulación, iliquidez y las devaluaciones que llevaron a la crisis bancaria.

El sector calzado no fue la excepción. Afectado por el 9.000% de aumento de las importaciones, fue el único en plantear una salvaguardia (Resolución N° 980006-A del 18/12/98 y publicada en el R.O. N° 106 del 12/01/99). Pero la falta de atención al trámite por parte del Micip, obligó a plantear un recurso de amparo (N° 1141-2000-JS) que en sentencia impuso la obligación de instaurar por siete años la salvaguardia para el calzado solicitada. Dicho mandato judicial se cumplió solo por seis meses.

Por ello el juez constitucional ordenó indemnizar a los afectados. Se realizó el respectivo peritaje. El resultado no fue impugnado por las partes y se ejecutorió. Sin embargo, al momento de dictarse el auto de pago, inexplicablemente intervinieron autoridades que lograron que el TC declare nulo el recurso de amparo que se encontraba debidamente ejecutoriado y ejecutado hacía más de un año. Hoy los afectados requieren abogados que patrocinen una acción de protección a fin de reivindicar sus derechos humanos violentados.

Eduardo Antonio Raad Antón

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