Sin haber leído el contenido de este fallo, sino únicamente los comentarios publicados por EL TELÉGRAFO, el sábado 15 de junio del presente año, por parte de Jéssica Ávila, directora ejecutiva de Fundación Mujer & Mujer; y del arzobispo de Guayaquil, Luis Cabrera; como abogado y ciudadano ecuatoriano me permito disentir del fallo constitucional y señalar su nulidad, por haber sido emitido por dos de los jueces que lo aprobaron, quienes, según la afirmación del Arzobispo de Guayaquil, fueron abogados patrocinadores y defensores del matrimonio igualitario.
Este antecedente vicia de nulidad el fallo en mención, porque tal como lo afirma Guillermo Cabanellas de Torres (Diccionario Jurídico Elemental), es prevaricador “quien comete prevaricato el funcionario judicial o fiscal que a sabiendas o por inexcusable ignorancia comete injusticia. / Abogado o procurador que perjudica abiertamente los intereses de su patrocinado o favorece los del contrario...”
Los abogados patrocinadores y defensores del matrimonio igualitario, que actuaron como jueces en el fallo, son prevaricadores y el fallo está viciado de nulidad, pues dichos jueces estaban obligados por ley a excusarse de intervenir, ya que tenían manifiesto interés en la causa.
El matrimonio es una institución formada por el hombre y la mujer. Es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente. Así lo establece nuestro Código Civil en el art. 81, cuya potencialidad inherente es la maternidad, que no se logra mediante el matrimonio igualitario.
Este pronunciamiento es un llamado a la justicia, para que el polémico fallo sea declarado nulo por haberse perpetrado el delito de prevaricato. (O)
Dr. Jorge Sotomayor Unda