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El Telégrafo

La conciliación vs. la sentencia

24 de noviembre de 2016

Solamente cuando un ciudadano común y corriente se encuentra inmerso en un juicio laboral, es allí donde se puede analizar las leyes y darse cuenta de que no existen procedimientos jurídicos que garanticen el derecho de los trabajadores. Cuando una persona inicia un juicio en contra de una empresa donde ha  trabajado por muchos años, es porque los directivos de dicha empresa han demostrado intransigencia y han actuado injustamente en contra de dicho empleado; en tal circunstancia el perjudicado sigue el juicio laboral para hacer valer sus derechos.

Y lo lógico, lo justo, sería que algo que empieza en estos casos se siga el proceso normal y termine con la sentencia de un juez.

No obstante, hay casos que en la primera audiencia se llega a la conciliación; aparentemente en ese momento es lo mejor, ya que los abogados de ambas partes están de mutuo acuerdo. Cabe mencionar que cuando un individuo es novato en estas lides, y además confía en su abogado, se acepta. Tomando en cuenta que la parte económica no satisface plenamente las expectativas del demandante porque anteriormente se había hablado de una cantidad de dinero mayor a lo recibido, está la parte moral, el honor que ha sido mancillado y se pretendía con todos los argumentos del caso exponer en el juicio para que se conozcan todos los detalles y, de esta manera, el juez, de una forma imparcial y equilibrada, dicte la sentencia.

La conciliación no es lo mismo que la sentencia y, por lo tanto, debemos conformarnos con ese sabor agridulce. (O)

Atentamente
Arturo Guevara G.

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