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La enmienda es la acción y efecto de arreglar, quitar defectos, subsanar los daños de una cosa existente; en el campo constitucional, es uno de los mecanismos para cambiar o modificar la Constitución de un Estado.
Su objetivo es revisar la Carta Magna y sustituir una o varias normas, o algunos de sus artículos que se considere necesario, sin modificar la estructura y los principios fundamentales del texto, a través de la Asamblea Nacional.
La reforma es el acto de volver a formar, rehacer, alterar, anular, cambiar algo existente; en el campo constitucional, es el proceso efectuado por el Ejecutivo en coordinación con la Asamblea Nacional, para cambiar la Constitución y sustituir alguno de sus artículos, modificando su estructura y principios fundamentales, a través de una consulta popular.
Democráticamente, deben considerarse dos aspectos sustanciales: el primero es que el pueblo decidió y él mismo tiene la facultad para cambiarlo; el segundo es que, cuando se trata de un tema de suma importancia para el destino del país y de la ciudadanía, debe decidirlo el pueblo.
Democráticamente, ¿la voluntad del pueblo es la voluntad de Dios?
Atentamente
Ec. Ángel Calderón Mayorga
C.C. 0903359776