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El Telégrafo

Atención, IESS

04 de octubre de 2018

El art. 32 de la Constitución de Ecuador indica que se garantiza el derecho a la salud de los ecuatorianos, así como la prestación
de los servicios de salud, que se regirán por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, calidad, eficacia, eficiencia,
entre otros.

Así mismo, el art. 35 indica que, entre otros grupos, las personas mayores recibiremos atención prioritaria y especializada, tanto en el ámbito público como el privado.

Lamentablemente esos bellos enunciados no se aplican en la vida real. Acudí a una cita en el centro de salud del IESS de la Mariscal en Quito. Por una inadecuada información del personal que allí labora, llegué atrasada y no me atendieron.

Me indicaron que pida otra cita, sin considerar que el hecho mismo de acudir al centro médico conlleva para nosotros un esfuerzo físico y económico muy grande. (O)

María Yolanda Zavala

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