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Consulta: solo organizaciones políticas y sociales nacionales podrán inscribirse a la campaña

El próximo 21 de abril serán las votaciones de la Consulta Popular.
El próximo 21 de abril serán las votaciones de la Consulta Popular.
Foto: CNE.
27 de febrero de 2024 - 10:47 - Redacción Web

Para este 27 de febrero de 2024, el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene previsto comunicar en cadena nacional la convocatoria a la Consulta Popular y Referéndum impulsada por el Gobierno. Con esto, desde este 28 de febrero iniciarán las inscripciones para la campaña.

Hay dos tipos de organizaciones que pueden inscribirse para hacer campaña por una de las dos opciones de la Consulta: Sí y No: organizaciones políticas de ámbito nacional y organizaciones sociales. Para cada una hay requisitos diferentes.

Organizaciones políticas:

  • Formulario de inscripción de organizaciones políticas para el proceso electoral de “Referéndum y Consulta Popular 2024” otorgado por el Consejo Nacional Electoral, suscrito por el representante legal;
  • Designación del Responsable del Manejo Económico, Contador Público Autorizado y Jefe de Campaña en el formulario de inscripción;
  • Copia legible de la cédula de identidad del representante legal;
  • Copia certificada de la resolución emitida por el órgano de decisión o dirección política según el estatuto o régimen orgánico de la organización política, en la que se establezca la pregunta que va a promocionar, precisando la opción de referéndum o consulta popular que desea respaldar.

Organizaciones sociales:

  • También deber ser organizaciones de ámbito nacional.
  • Formulario de inscripción de organizaciones sociales para el proceso electoral de “Referéndum y Consulta Popular 2024” otorgado por el Consejo Nacional Electoral, suscrito por el representante legal;
  • Designación del Responsable del Manejo Económico, Contador Público Autorizado y Jefe de Campaña en el formulario de inscripción;
  • Copia legible de la cédula de identidad del representante legal;
  • Copia certificada ante notario público del registro de la personería jurídica de la organización social con un período de creación igual o mayor a 2 años, contados hasta la fecha de la convocatoria;
  • Copia del Registro Único de Contribuyentes de la organización social;
  • Copia certificada del documento que indique que la organización social está catalogada de tercer grado;
  • Copia certificada ante notario público del estatuto de la organización social, que determine que el alcance territorial de la organización es nacional;
  • Copia certificada ante notario público del nombramiento actualizado del representante legal de la organización social, otorgado por la autoridad competente;
  • Declaración juramentada en la que se señale que la organización social agrupa confederaciones, uniones nacionales u organizaciones similares;
  • Copia certificada de la resolución del máximo órgano de decisión de la organización social, en la que se establezca la pregunta que va a promocionar, precisando la opción de referéndum o consulta popular que desea respaldar.
  • Después de la inscripción, el Pleno del CNE tendrá que calificar a las organizaciones inscritas.

El proceso es el siguiente:

La Secretaría General del CNE y las secretarías de las Delegaciones Provinciales Electorales receptarán la documentación. Después la enviarán a la Dirección Nacional de Organizaciones Políticas. Esta última será la encargada de emitir el informe correspondiente.

Con ese documento, el Pleno tomará la resolución sobre si habilita o no a las organizaciones sociales y políticas.

El próximo 21 de abril de 2024, la ciudadanía se pronunciará sobre 11 preguntas planteadas por el Gobierno Nacional. Tiene que ver con seguridad, empleo y también a instalación de judicaturas especializadas.

Para la campaña, el CNE aprobó un presupuesto de USD 2,7 millones para cada opción.

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