Toda inversión entra al contrato de emprendimiento
El contrato laboral por emprendimiento tiene dividido a los especialistas. Esa propuesta fue aprobada el 15 de mayo por el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS), que agrupa al Gobierno, empresarios y trabajadores.
Se trata de un contrato especial para emprendimientos y nuevas inversiones, sin importar su tamaño, que consiste en aumentar “la etapa de prueba” de los obreros de tres meses a máximo tres años.
La primera preocupación, a decir del abogado Francisco Jiménez, se da porque no hay límites económicos en la figura de emprendimiento ni de nuevas inversiones. “A la final se está pensando más en los réditos económicos que en garantizar la estabilidad del obrero”.
Detalló que los negocios de grandes capitales deben ser más controlados y “no podrían llamarse emprendimientos. Esa figura es para las pequeñas y medianas empresas”.
Ese período de prueba variará conforme al plazo que pongan los empleadores para que funcionen sus negocios. Para acceder a ese contrato, los interesados entregarán sus planes de negocio en el Ministerio de Trabajo para su aprobación.
El documento deberá establecer el tiempo (de máximo tres años) que tomará un negocio en generar rentabilidad. También se detallará el número de empleados que requiere el emprendimiento.
En la propuesta todavía no se definió el formato exacto ni características del plan.
Si la empresa fracasa antes del período aprobado por la cartera de Estado, los empleados pueden ser despedidos con todos los beneficios de ley, sin que eso se convierta en despido intempestivo.
El empleador está en la responsabilidad de asumir los rubros por desahucio. El artículo 184 del Código Laboral establece que el desahucio es el aviso con el que una de las partes hace saber a la otra su voluntad de dar por terminado el contrato.
Además señala que el empleador bonificará al obrero con el 25% del equivalente a la última remuneración mensual por cada uno de los años de servicio prestados.
“Esta iniciativa promueve la solidaridad entre todos los eslabones; siempre se respetarán los derechos de los obreros”, aclaró Patricio Alarcón, presidente del Comité Empresarial Ecuatoriano.
Emprendedores consultados dijeron que ese contrato evitará que se registren mayores pérdidas, en el caso de fracasar en una iniciativa. “De ser así, los rubros que generarían los despidos por desahucio son menores a las indemnizaciones por concepto de despido intempestivo”, dijo uno de ellos, que prefirió no ser citado.
Si el emprendimiento tiene éxito, el trabajador firmará un contrato indefinido.
Wilson Araque, director del Observatorio de la Pequeña y Mediana Empresa, indicó que ese cambio dinamizará la inversión porque los ciudadanos tendrán más opciones de emprender.
Abogados laboralistas están en desacuerdo de firmar un contrato indefinido luego de que se genere rentabilidad. Javier Barba es uno de ellos. Él dijo que esa figura generará inestabilidad.
Según el código actual, una vez que la etapa de prueba (90 días) es superada, se firma un contrato indefinido. Pero con la figura de emprendimiento, señala Barba, el espectro de la prueba aumenta (a tres años) hasta que el negocio genere ganancia. “Esto afectaría al empleado porque cumpliría sus funciones sin garantías de estabilidad”, reconoció.
Aunque Rodrigo Gómez de la Torre, de la Cámara de Agricultura e integrante del CNTS por los empleadores, considera que no aumenta el tiempo de prueba, más bien se garantiza que el trabajador no pierda sus derechos.
“Una forma de desincentivar la inversión es poniéndole demandas laborales a un empresario, quien arriesga, se endeuda y en muchos casos fracasa”, aclaró. (I)