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Ecuador, 25 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Punto de vista

Un contundente avance

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos acaba de notificar su Opinión Consultiva respecto a la identidad de género y a la no discriminación de parejas del mismo sexo. En esta decisión, la Corte reiteró algo que venía diciendo desde hace años: que orientación sexual e identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana.

Lo novedoso es que además expresó que la falta de consenso al interior de algunos países sobre qué es el respeto pleno de los derechos de los gais, lesbianas, bisexuales, transgénero, transexuales, travestis e intersex (LGBTI) no puede ser considerado un argumento para negarles o restringirles sus derechos. Y que estos países deben vencer obstáculos institucionales y adecuar su legislación a los siguientes estándares.

Sobre protección de personas trans, los Estados deben garantizarles el cambio de su nombre, la adecuación de su imagen, así como la rectificación de su sexo en los registros y documentos de identidad correspondientes.

No se podrá exigir para estos cambios ni certificaciones médicas o psicológicas que resulten patologizantes; ni que las personas trans se hayan realizado operaciones quirúrgicas, o tratamientos hormonales. Además, este procedimiento debe ser expedito y gratuito en la medida de lo posible.  

Sobre protección a los vínculos de parejas del mismo sexo, la Corte señaló que la Convención Americana no protege un único y determinado modelo de familia. Que las familias constituidas por parejas del mismo sexo también son familias y para garantizar sus derechos no es necesario inventarse nuevos términos. Basta con que los Estados garanticen el acceso a las parejas del mismo sexo a todas las figuras jurídicas ya existentes en los ordenamientos legales, incluyendo el derecho al matrimonio.  

Es un buen momento para recordar que una sentencia de la Corte Constitucional –que comparte los mismos criterios que la Corte Interamericana- le dio a la Asamblea hasta el 19 de mayo de 2018 para adoptar las normas legales que regulen el cambio de sexo de personas trans. Y que en el tema de matrimonio igualitario la Corte Constitucional tiene pendiente desde 2014 resolver sobre la demanda de Pamela Troya y Gaby Correa.

Este empujón de la Corte Interamericana insta al Ecuador a no demorarse más en modificar su normativa legal para beneficio de todas las personas y de todas las familias. (O)

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