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Reformas que plantea la Consulta Popular serán tratadas en el Pleno

El Pleno conocerá este 2 de julio de 2024 el informe para el segundo debate sobre las reformas que plantea la Consulta Popular.
El Pleno conocerá este 2 de julio de 2024 el informe para el segundo debate sobre las reformas que plantea la Consulta Popular.
Foto referencial: Flickr Asamblea Nacional.
01 de julio de 2024 - 08:43 - Redacción Web

Las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) y a la Ley de Extinción de Dominio, planteadas en la Consulta Popular, serán tratadas este 2 de julio de 2024, en el segundo y definitivo debate. El presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle, convocó a los 137 asambleístas a esta sesión.

Está previsto que el Pleno se reúna a las 10:00 para conocer y resolver sobre el Informe para Segundo Debate de la Ley Orgánica para la Aplicación de la Consulta Popular y Referéndum del 21 de abril de 2024.

La Comisión multipartidista encargada de dar tratamiento a los proyectos de ley derivados de la Consulta Popular y Referéndum del 21 de abril de 2024, aprobó el 29 de junio de 2024 el informe para segundo debate.

Según la Asamblea Nacional, en este insumo se “recoge el mandato popular y contribuye en la lucha contra la inseguridad, los grupos de delincuencia organizada, la minería ilegal y simplifica la extinción de dominio de los bienes y recursos obtenidos de manera ilícita”.

El análisis realizado contó con la participación de la sociedad civil, academia y autoridades de instituciones como la Fiscalía, Contraloría y Procuraduría General del Estado, Consejo de la Judicatura, entre otras, relacionadas con la aplicación de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) y a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, refirió el Legislativo.

Previo a la aprobación del informe, la comisión respaldó la moción de la legisladora Lucía Posso para que los textos normativos referentes al aumento de penas y otras reformas, sean los originales propuestos por el Ejecutivo.

Además, se aprobó agregar una excepción adicional a las ya establecidas para el inicio de la acción de extinción de dominio. “Esta se configurará cuando se trate de bienes o activos injustificados sobre los cuales exista relación de causalidad con los delitos contra la eficiencia de la administración pública, como en los casos de concusión y cohecho”, precisó la Asamblea Nacional. 

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