Una ley no le permite a Camila llevar primero el apellido de su mamá
Lo dice la Ley del Registro Civil Ecuatoriano, creada en 1978: todos los ecuatorianos deben llevar después del nombre, el apellido del padre. ¿Puede ser de otra manera? Eso está por verse. La familia de Camila, con el apoyo de la Defensoría Pública, se encuentra litigando para que la niña lleve primero el apellido de Nieve Solórzano, su madre; su padre, Wilton Guaranda, está de acuerdo.
Poseen a su favor el artículo 66 de la Constitución, que da a los ecuatorianos el derecho a la identidad: “que incluye tener nombre y apellido, debidamente registrados y libremente escogidos”.
Camila no tiene cédula de identidad. Cuando viaja, en el aeropuerto su mamá presenta la partida de nacimiento. No pueden hacer ningún trámite, cuenta Nieve. “En el Registro Civil no quieren registrarla. Me están negando un derecho constitucional”.
Edwin Loayza, subdirector del Registro Civil, asegura que el artículo constitucional establece que los nombres deben ser “debidamente registrados”.
“Al decir debidamente registrados, se refiere a la autoridad competente: el Registro Civil, que actúa en base a una ley”, señala, añadiendo que el apellido tiene un carácter jurídico de dependencia. “Para que se pueda dar una amplitud, habría que reformar la Ley del Registro Civil. Personalmente, también creo que los hijos deberían llevar primero el apellido de su madre”.
Este caso actualmente se encuentra en el Tribunal Provincial. El pasado 8 de marzo, se presentó una Acción de protección constitucional.
Carla Patiño, directora nacional de Protección de los Derechos Humanos de la Defensoría, opina que la Ley del Registro Civil “obedece a un orden patriarcal y eminentemente machista”. Añade también, que este tipo de leyes fueron derogadas tácitamente por la Constitución “en el momento en que se reconoce la igualdad entre géneros”.
Según Loayza, es la primera vez que una familia solicita que se coloque primero el apellido de la madre. “Hay curiosidad en el tema. Incide la globalización, porque la gente se entera de que sí se puede hacer en Brasil, por ejemplo”.
Los padres de Camila apelaron el fallo del juez que recibió la Acción de protección en el Juzgado Primero de la Niñez y Adolescencia de Pichincha, porque el juez se declaró incompetente, detalla Patiño: “Tenemos la expectativa de que el Tribunal Provincial revea el fallo, acepte el derecho y la Acción de protección”.
“La sociedad se construye bajo idearios de machismo. Es necesario que este tipo de cultura se erradique”, dice Wilton Guaranda, quien trabaja en la Defensoría Pública; mientras su esposa se desempeña en la Vicepresidencia del Tribunal Contencioso Electoral.
Sus empleos les han permitido conocer bien sus derechos como ciudadanos. El 13 de diciembre del año pasado decidieron inscribir a su hija con el apellido de la madre, antecediendo al del padre, y ahora esperan la resolución de la Corte.
En otros países esta práctica es común, argumenta Nieve: “No se trata de temas de machismo o feminismo. Es una decisión de pareja”. Por lo pronto el matrimonio espera que la Corte Provincial tenga una “posición coherente” ante el caso.