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Ecuador, 11 de Enero de 2025
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El Telégrafo
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Resolución sobre el orden de los apellidos se conocerá en junio

Para  mediados de junio se espera un pronunciamiento por parte de la Corte Constitucional (CC) que  determinará si es posible o no que una persona sea inscrita en el Registro Civil (RC) con el apellido materno, antecediendo el paterno.               

Esto luego de que el pasado 30 de abril, la Corte Provincial de Pichincha resolvió consultar al organismo constitucional sobre la idoneidad de registrar a Camila, hija de Nieve Solórzano y Wilton Guaranda, con el apellido de su madre primero.

El 13 de diciembre de 2011, la pareja decidió inscribir a su hija con el apellido de su madre, pero recibió una negativa por parte de los funcionarios del RC.

El  8 de marzo de este año,  ambos presentaron una acción de protección constitucional, luego de que el Departamento Jurídico del Registro Civil notificara a la pareja que no podían registrar a su hija ya que los nombres tenían que ser “debidamente registrados”, tal y como lo exige la Ley del Registro Civil -creada en 1978-, la cual   exige que después del nombre debe constar primero el apellido paterno.  

La pareja argumentó que la negativa del RC no tiene fundamento, puesto que aunque estén siguiendo una ley interna, no pueden pasar por encima de una norma constitucional. Ellos se refieren al artículo 66 de la Carta Magna, que señala que los ecuatorianos tienen el derecho a una identidad “que incluye tener nombre y apellido debidamente registrados y libremente escogidos”.   

“Como pareja hemos acordado que el apellido materno vaya primero que el de mi esposo. No se trata de un idea machista o feminista, es una decisión de pareja”, reiteró Solórzano.  

Guaranda señala que este pedido obedece a que ellos son los representantes de la niña y la ley les da la atribución de elegir cómo se va a llamar la menor.      

La pareja  reconoció que es larga la espera para conocer una respuesta  por parte  de la CC, no obstante indicó que -de ser necesario- acudirían a organismos superiores para exigir que se le reconozca a la niña  su derecho de identidad.

Este caso no es aislado. El Registro Civil enfrenta otra demanda por parte de dos mujeres lesbianas de nacionalidad inglesa que exigen registrar a la hija de una de ellas con el apellido de ambas.

La institución señala que no puede inscribir a la niña porque     la ley no contempla el registro de los apellidos de dos mujeres. Para el viernes se espera la sentencia del juez cuarto de lo Penal Vicente Altamirano.

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