Publicidad
Reformas plantean un apremio parcial al deudor
Una actualización íntegra del libro segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (CONA) -en el que se prioriza la convivencia familiar y la corresponsabilidad de ambos progenitores en el cuidado, alimentación, educación y asistencia de los menores de edad, es lo que se plantea en las reformas enviadas por el presidente Rafael Correa a la Asamblea Nacional.
Según el texto, el actual código presenta una tendencia a disponer una tenencia uniparental (cuando los padres se encuentran separados) lo que genera una carga en el cuidado y crianza a un solo progenitor.
“A partir de esta reforma se busca desarrollar una participación en conjunto de la madre y del padre en todas las decisiones de vida del hijo (a) con atención especial en casos de separación”.
El proyecto de reformas también contempla una modificación al régimen de visitas cuando la tenencia compartida no pueda darse y se establezca una tenencia uniparental.
“En esos casos, el juez debe acompañar su resolución con un régimen de visitas y comunicación amplio; que permita fortalecer las relaciones del hijo con el padre o madre (con quien no viva) y asegure la presencia regular de este último en su vida”.
Eso precisamente es lo que busca la organización de padres Coparentalidad Ecuador, que fue la encargada de entregar un documento al Primer Mandatario pidiendo estas inclusiones.
“En nuestro país toda la atención en la legislación sobre esta materia se basa en pensiones alimenticias, relegando los mal llamados regímenes de visitas como un tema irrelevante y con baja importancia, convirtiéndonos de padres a visitantes esporádicos y en muchos casos dejando a los hijos huérfanos de padres vivos”, señala el portal web de la organización.
Al respecto Roger Cusme, juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Unidad 4 de Quito, advirtió que es necesario hacer un análisis minucioso de todas las modificaciones que se quieren incorporar antes de aprobarlas.
El profesional insistió en que el progenitor que tiene la custodia del menor (cuando se han separado) ya cumple con su parte en la corresponsabilidad parental al cuidar del pequeño todos los días.
“Lo mínimo que el padre o madre que no tiene la tenencia debe hacer es entregar una cantidad de dinero que solvente las necesidades de sus hijos, que si lo vemos desde el punto de vista material es lo más fácil”.
Cusme recalcó la necesidad de ver todas las reformas desde la óptica de los menores y no desde una cultura adultocentrista.
“Debemos pensar que los niños necesitan estabilidad emocional y sentido de pertenencia por lo que no pueden estar la mitad del tiempo en una casa y la otra mitad en otra”.
La misma visión la comparte Janeth Guerrero, representante de la organización ‘No a la tenencia compartida’, quien considera que no se debe imponer una custodia igualitaria a los padres, sino solo en los casos en que haya un acuerdo mutuo entre ambos progenitores.
“Te quieren obligar a mediaciones y que el juez decida cuando hay funcionarios judiciales que tienen aún prácticas machistas. Es necesario tratar el tema de violencia porque muchas veces es esa la razón por la que las madres no dejan a los padres ver a sus hijos”, dijo.
La organización pedirá a la Asamblea Nacional que se escuche la voz de los niños. “Muchas veces ellos son víctimas directas e indirectas de violencia intrafamiliar”.
Se mantiene el apremio personal
En las reformas se prevé el apremio personal de hasta 30 días cuando se compruebe que el padre o madre (deudores de más de dos meses de pensión), hayan utilizado medios maliciosos, como traspaso de bienes a terceras personas, declaratoria falsa de ingresos percibidos o renuncia voluntaria al trabajo, para eludir su responsabilidad.
Si es reincidente, el apremio personal se extenderá 60 días más y máximo hasta 180 días.
En los casos que el no pago se deba a la falta de una actividad laboral, o una enfermedad catastrófica comprobada, el juez podrá disponer un compromiso de pago, un apremio personal parcial (privación de libertad desde las 21:00 hasta las 06:00) o el uso de un dispositivo electrónico 30 días.
Si estas medidas no se cumplen el juez puede disponer la orden de apremio personal total. (I)
Para elaborar la tabla de pensiones alimenticias se considerará la necesidad básica por edad del alimentario, así como los recursos y gastos de los alimentantes.
Se incentivará un acuerdo entre los padres para fijar la pensión. Si no hay acuerdo se aplicará la tabla de pensiones a los dos padres y se calculará de manera proporcional según los ingresos de los alimentantes.
El juez no podrá fijar una pensión inferior a la establecida en la tabla, pero sí mayor, cuando las necesidades especiales del hijo lo exijan y se presenten las pruebas.
Además de la pensión, el alimentado tiene derecho a percibir el 5% de utilidades del alimentante y una pensión adicional por decimotercera remuneración que será dividida en caso de tener más hijos. (I)
Datos
Para elaborar la tabla de pensiones alimenticias se considerará la necesidad básica por edad del alimentario, así como los recursos y gastos de los alimentantes.
Se incentivará un acuerdo entre los padres para fijar la pensión. Si no hay acuerdo se aplicará la tabla de pensiones a los dos padres y se calculará de manera proporcional según los ingresos de los alimentantes.
El juez no podrá fijar una pensión inferior a la establecida en la tabla, pero sí mayor, cuando las necesidades especiales del hijo lo exijan y se presenten las pruebas.
Además de la pensión, el alimentado tiene derecho a percibir el 5% de utilidades del alimentante y una pensión adicional por decimotercera remuneración que será dividida en caso de tener más hijos. (I)