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Precios de medicamentos estratégicos bajarán 30% en promedio, dice MSP

Precios de medicamentos estratégicos bajarán 30% en promedio, dice MSP
27 de enero de 2015 - 21:12


El Ministerio de Salud Pública (MSP) informó que la lista de precios de medicamentos estratégicos será oficializada el jueves 29 de enero, en cumplimiento con lo establecido en el nuevo Reglamento para la fijación y revisión de precios de medicamentos de uso humano.

Según un comunicado publicado en la página web del Ministerio, se contempla una reducción de precios del 30% en promedio, en relación al techo de precios fijado anteriormente. Esta regulación afectará a más de 5.600 presentaciones comerciales de medicamentos que son estratégicos, de un total de 10.500 presentaciones que están comercializándose en el mercado farmacéutico ecuatoriano.

La cartera de Estado señaló que los medicamentos estratégicos son definidos por la Autoridad Sanitaria Nacional, con criterios de salud pública, para garantizar el cumplimiento del derecho a la salud y la protección de las condiciones de salud de la población ecuatoriana. “Es decir, el listado de medicamentos estratégicos contiene todos los medicamentos necesarios y eficaces, de acuerdo a la evidencia científica, para el manejo de las condiciones de salud prevalentes en el Ecuador”, señala el documento.

La metodología para definir a un medicamento como estratégico ha sido emitida por el MSP y aprobada por el Consejo Nacional de Fijación y Revisión de Precios de Medicamentos de Uso y Consumo Humano. De acuerdo con dicha metodología, se consideran estratégicos aquellos medicamentos que están en el Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos (y sus familias terapéuticas), los que son monopólicos o tienen restricciones relevantes de competencia, y otros que de acuerdo con el MSP son de importancia para la salud pública, incluidos aquellos que sirven para el tratamiento de enfermedades raras, catastróficas y manejo de estrategias de salud colectiva.

Cabe mencionar que el mismo Reglamento de fijación y revisión de precios de medicamentos de uso humano establece un régimen de fijación directa de precios, que se puede aplicar de manera excepcional, por sanción o en caso de una emergencia sanitaria. Y también establece un régimen liberado de precios, con valores libremente determinados, para el cual se consideran todos aquellos medicamentos que no se encuentren clasificados en los otros regímenes de fijación. Estos medicamentos liberados no son considerados estratégicos.

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