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Ecuador, 13 de Febrero de 2025
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El Telégrafo

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Los seguros de salud privados deben incluir en sus servicios a los adultos mayores

800.000 personas tenían un seguro de salud privado en el país en 2014.
800.000 personas tenían un seguro de salud privado en el país en 2014.
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Julio Molina tiene 68 años. Por eso, sus hijos buscaron un plan de seguro de salud privado para él, pero la respuesta de las compañías siempre fue igual: no existe oferta para este grupo etario.

Con la aprobación de la Ley de Salud Integral Prepagada se establece que las compañías no podrán rechazar a ningún ser humano por su condición, etnia o religión. “Las personas no serán discriminadas ni estigmatizadas por razón alguna para acceder mediante contratación a los servicios ofertados por las compañías reguladas y controladas por esta ley”.

Eso lo entusiasma, pero aún las compañías no ofertan en su totalidad un plan para este grupo de atención prioritaria.  

Carlos Loza -agente de seguros que atiende vía telefónica- explicó que en Salud S.A. se espera el reglamento que debe emitirse.

Hasta el momento esta empresa privada no contempla la cobertura de los adultos mayores. “En la disposición final de la ley se establece que esta entrará en vigencia dentro de 180 días”. Además, en la séptima, se indica que la Autoridad Sanitaria Nacional tiene plazo de 60 días para emitir los lineamientos y más instrumentos previstos.

Las restricciones

En empresas como Humana, la atención a los adultos mayores ya se contempla, pero ligada a la contratación de un plan de personas con edades inferiores a 60 años.

Esta compañía establece un monto máximo de $ 2.000 al año para cubrir las preexistencias declaradas, aunque la norma establece una cobertura anual de 20 salarios básicos unificados ($ 7.320).

Para acceder al contrato, la persona de la tercera edad, previamente, debe someterse a exámenes médicos específicos (hemoglobina glucosilada).

Sin embargo, el artículo 52 cataloga como falta grave de las compañías de medicina prepagada del país “realizar valoraciones médicas con fines de exclusión para las prestaciones de salud”.

El conjunto de exámenes que se pide, más la atención médica con el especialista, tiene un costo de $ 90. Asimismo, la cuota mensual que debería cancelar el afiliado de la tercera edad sería en promedio $ 140.

Molina está de acuerdo con la normativa, pero considera que es exagerado el costo que se establece. “Espero que se regulen esas tarifas”.

Al respecto, Ana Marín, vendedora de seguros en Ecuasanitas, vía telefónica, indicó en una consulta: “Debemos esperar las directrices para saber con precisión lo que cubre y lo que quedaría fuera de los planes de la tercera edad”.

Cobertura de discapacidades

La normativa prohíbe excluir a las personas con discapacidad y puntualiza que los contratos que se firmen deben ser claros, concretos y específicos sobre lo que cubre.

Mercedes Torres, de 31 años, padece de ovario poliquístico, una preexistencia que adquirió una vez inmersa en el plan de salud y que deriva en otras patologías que no las cubre su seguro médico. “Adujeron que no fue declarada a tiempo”.

Empero, la ley indica que las enfermedades preexistentes se cubrirán después de transcurrir al menos 24 meses de contratar el plan. (I)

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