“Los animales domésticos merecen un manejo específico”
Aunque aún no entra a primer debate el Código Orgánico Ambiental (COA), el Ministerio de este ramo espera que la Ley Orgánica de Bienestar Animal (LOBA) sea una ley autónoma y no parta del COA. La secretaria de Estado, Lorena Tapia, cuenta el porqué.
¿Cuáles son los nuevos mecanismos financieros que propone el Código Ambiental?
El proyecto de COA establece varios tipos de incentivos de naturaleza económica y no económica, de acuerdo a cada temática que regula, un ejemplo interesante es lo que se propone como sistema de incentivos para la Conservación, Uso y Manejo Sostenible del Patrimonio Natural.
¿Los esquemas de compensación de emisiones son similares a una tesis de pague por conservar?
El código establece sistemas de incentivos y mecanismos financieros que pueden incluir esquemas de compensación. No establece la figura de pago por conservación, sino lo que busca es atraer a aquellos propietarios a conservar, no necesariamente puede existir un pago de por medio, sino un reconocimiento que puede darse a través de asistencia técnica, créditos, etc.
En el código se establece la creación de una agencia de regulación. ¿Cuáles serán sus funciones y atribuciones?
La Agencia de Regulación y Control del Ambiente ejercerá en todas sus fases y en todo el territorio nacional la regulación y el control técnico concurrente y posterior de las actividades del Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental, del Sistema Único de Manejo Ambiental, del Sistema Único de Información Ambiental y del Régimen Forestal de la República y de los otros instrumentos de gestión ambiental.
¿Qué pasará con la Ley Forestal, si se piensa que el código ejercerá un control ambiental macro?
Efectivamente se derogará la ley ya que el código establece el concepto de manejo forestal sostenible, que es un cambio de enfoque del aprovechamiento tradicional al manejo integral de bosques, la Ley Forestal de 1981 mantenía una visión de aprovechamiento maderero, es decir una visión extractivista. Con este nuevo enfoque se busca reducir la deforestación, eliminar la tala del bosque y el comercio ilegal de la vida silvestre, así como contribuir a la conservación de especies amenazadas y la gestión sostenible de la vida silvestre in situ y ex situ. Para ello se aplican medidas preventivas, regulatorias y de control de la cadena de valor del bosque y la biodiversidad silvestre, desde su origen hasta los destinos finales. Un elemento fundamental es la aplicación de una robusta plataforma tecnológica que da acceso a la información sobre biodiversidad y a la gestión ciudadana para el aprovechamiento sostenible de los bosques y la vida silvestre.
Otras normativas también serían derogadas. ¿Cuáles estarían en este camino?
La normativa ambiental actual es bastante dispersa, por lo tanto lo que busca el COA es superar esa dispersión e incluir la mayor cantidad de normas generales de ámbito ambiental en un solo cuerpo legal. Esto implica la generación de normativa secundaria que permita la aplicación exitosa de lo que el código establezca. A su vez, el Ministerio del Ambiente cuenta ya con normativa secundaria que se complementa con lo que se propone en el código. Y las leyes que se opongan necesariamente serán derogadas.
¿Por qué consideran que la LOBA debe ser abordada de forma independiente al COA?
El código precautela los derechos de la naturaleza para garantizar el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por su parte la LOBA regula conductas específicas del ser humano respecto a cada animal que goza de libertades básicas. Por lo tanto existe una incompatibilidad técnica: La conservación de animales silvestres (COA) tiene particularidades específicas, pertenecen a ecosistemas inalterados o protegidos.
Los animales domésticos merecen un manejo específico y bajo institucionalidades competentes. La LOBA regula lo referente a violencia, salud pública y bienestar animal.