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Ecuador, 24 de Enero de 2025
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
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Entrevista / Lorena Fries / directora del Instituto Nacional de DD.HH.

“Lo primero que hay es un delito: la trata de personas”

Foto: Tomada de libertadninos.wordpress.com
Foto: Tomada de libertadninos.wordpress.com
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La semana pasada, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), que tiene un mandato legal de promoción y defensa de los DD.HH. en Chile, presentó una demanda contra la pareja de ciudadanos ecuatorianos que durante 2 años esclavizó a Jhovanny Perugachi, de 16 años. El joven fue sometido a todo tipo de abusos laborales, dormía en un garaje con poca alimentación y sin sueldo.

Lorena Fries, directora del INDH, concedió una entrevista a EL TELÉGRAFO para analizar el caso de Luis P., quien debería regresar en 2 semanas a Ecuador. Fries es abogada con un máster en derecho internacional de la Universidad de Oxford y, además, es consultora en DD.HH. de las mujeres para instancias gubernamentales, no gubernamentales y agencias internacionales.

¿Por qué el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) también presentó una querella contra las personas que esclavizaron al niño ecuatoriano en Chile?
Nosotros tenemos facultades legales para querellar en un caso de tráfico ilegal de inmigrantes y trata de personas, ya sea con fines de explotación sexual o explotación laboral.   

¿Cuáles fueron los derechos que se le vulneraron al menor?
Lo primero es que hay un delito, que es la trata de personas con fines de explotación laboral. Lo segundo es que también hay un tema en términos de derechos humanos de vulneración al derecho a la salud, vulneración al derecho a la educación, vulneración también a las normas que hacen que un niño no esté en situación de vulnerabilidad. Hay una obligación de protección de los menores de edad que también ha sido vulnerada. Por lo tanto, todos estos elementos están en juego, aunque el proceso penal que se lleva es por el delito.

¿Es decir le vulneraron todos los derechos a este menor?
Efectivamente. Cuando se vulnera un derecho, vulneras todos. Este es un menor de edad que también   trabajó sin percibir remuneración y en pésimas condiciones, por lo tanto en derechos humanos cuando se vulnera un derecho, se vulneran todos.

¿Por qué no se logró poner al descubierto antes el caso de este niño que vivió durante 2 años este calvario?
Es imposible con la regulación actual, porque entran como turistas, como cualquier persona. Y una vez que vence el período de turismo se queda en condición de irregular, por lo tanto se queda al margen de una condición jurídica de regularidad. Seguramente las personas que tenían a su cargo a este menor, me refiero a la pareja ecuatoriana, evitaba cualquier tipo de acercamiento a la institucionalidad pública para justamente no dar cuenta de la condición de irregularidad.

¿La condición de turista le permitía estar solamente 6 meses?
Sí, exactamente. Porque se puede renovar 3 meses más, pero no renovaron y por eso está en condición de irregular.

¿El hecho se descubre gracias a una persona que sospecha que el niño está siendo abusado?
Es una persona que le toca estar en espacios de calle, que se da cuenta de la situación de cómo está este niño ecuatoriano. Luego ambos empiezan una relación de confianza, en donde el menor le pide ayuda.

¿El menor está viviendo ahora con esa persona?
Sí, hasta que vuelva a Ecuador. Esta decisión la debe tomar un juez atendiendo una petición del Servicio Nacional de Menores.

¿Este caso es inédito en Chile?
No me atrevería a decir que es inédito, porque hemos visto situaciones de jóvenes en situaciones de trabajo agrícola  en estado irregular. Esto ocurrió el año pasado. Lo que pasa es que Chile es un país de tránsito y destino de trata, porque es uno de los países de Sudamérica al que fluye mucha migración por situación económica. Mientras más flujo de inmigración haya, es más alto el riesgo de vulnerabilidad de las personas que emigran para caer en redes de tráfico de migrantes o trata de personas.

¿Se conoce el alcance de estas redes de trata de personas?
No sabemos qué tan amplias son, ni qué tan fuertes son. Estas personas, como la pareja de ecuatorianos, pueden ingresar como turista o tener residencia. Pero necesitan una red de apoyo, personas que acompañen el desplazamiento de las personas que ingresan al país, que sería una persona conocida por la familia ecuatoriana que trajo al niño y por cierto necesita personas que lo reciban, que pueden ser las mismas personas u otras. Pero por algo es un crimen internacional.

¿Qué lecciones se pueden sacar de este caso, en cuanto a la reparación que debería tener este niño una vez que regrese a Ecuador? ¿Qué podrían hacer las autoridades ecuatorianas para reparar lo que le ocurrió en Chile?
Bueno yo creo que es importante la institucionalidad que tenga Ecuador en estas materias. Yo sé que el interés superior del niño es un elemento clave a nivel de la normativa constitucional y legal en Ecuador. De hecho he sabido que las autoridades ecuatorianas se han puesto en contacto a través de la Embajada y ya se hacen cargo de algunas medidas de reparación, que tienen que ver con becas de estudio una vez que vuelva al país el menor.  

¿Pero el Estado chileno podría hacer algo más por el niño?
Se debe esperar al juicio primero. Si se condena hay derecho a una acción civil, que es una forma de reparación que tiene que ver con la indemnización. Pero el menor manifestó su intención de regresar a Ecuador, efectivamente, y si se concreta hasta ahí nada más llega la responsabilidad de Chile.

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