La tenencia de los hijos, un eje en la reforma al Código de la Niñez
Tatiana Chávez siempre quiso que su separación no afecte a sus hijos. Por ese motivo acordó con su pareja un calendario de visitas y el monto de la pensión alimenticia.
Sin embargo, pocas veces el padre cumplió con sus deberes; debido a eso comenzó una disputa judicial. Finalmente, ella se quedó con la custodia de sus vástagos, pero también permite que el padre vaya por ellos cada 15 días.
“Lastimosamente a veces nos dejamos llevar por el resentimiento contra la expareja y no pensamos en los hijos”, expresó Tatiana.
Precisamente por estos casos se plantea la reforma al Código de la Niñez y Adolescencia.
“El código nuestro está rezagado en relación con el del resto de países de América Latina y tiene estereotipos de padre proveedor y madre criadora. Además promueve la disputa de los hijos en vez de la corresponsabilidad consagrada en la Constitución”, comentó Santiago Villarreal, miembro del colectivo ciudadano Coparentabilidad.
La organización cuestiona que en la actualidad la corresponsabilidad, pensiones y visitas son tratadas por separado, por lo que genera conflictos que no atienden las necesidades afectivas de los hijos.
El grupo recopiló propuestas y las entregó al presidente Rafael Correa. El colectivo propone la fijación de la pensión en función de los ingresos económicos de ambos progenitores.
Actualmente se lo hace de acuerdo con los recursos del progenitor que no vive con el menor y que generalmente es el padre.
Sin embargo, esa postura no la comparte el grupo ‘No a la tenencia compartida’. Sus miembros consideran que la custodia dividida no debe ser impositiva ni obligatoria.
“Si como madres nos encargamos de los menores de edad, es decir, de la economía, del cuidado, ya estamos aportando con la corresponsabilidad que nos toca; y no se nos puede pedir más porque las pensiones alimenticias mayoritarias en el país son de $ 100, con ese monto no vive un niño”, dijo Janeth Guerrero.
Para esta organización, la corresponsabilidad del cuidado puede darse con una ampliación de las horas de visita, pero no con la división de la permanencia del hijo entre las casas de los dos progenitores.
“Padres y madres deben ser inteligentes y cordiales para llegar a un acuerdo de tenencia y aprender a valorar a los hijos en la magnitud de lo que eso significa; porque ellos no piden venir al mundo, son los más indefensos siempre”.
Otro de los aspectos que incluiría la reforma es la rendición de cuentas de los destinos de la pensión que se entrega.
“Se deben establecer mecanismos idóneos y sin afectación de ninguna índole para saber exactamente en qué se ocupan esos dineros que deben ser de exclusividad para los gastos del menor”, aclaró Roger Cusme, juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Unidad 4 de Quito.
También se buscan alternativas para que los alimentantes deudores no tengan como única opción el apremio. Una de ellas sería la incautación de un bien inmueble para someterlos a un remate posterior. “Hay varias opciones para evitar la prisión, pero muchas veces no se las conoce”, reiteró Cusme.
Para Guerrero, el Estado debe asumir el pago de las pensiones que los padres no pueden cubrir por enfermedades catastróficas. (I)