La región mantiene el debate sobre el aborto
El caso de "Beatriz", la mujer salvadoreña que sufre de lupus y una enfermedad renal, embarazada de un bebé anencefálico, a la que se le impidió abortar, despertó el debate sobre esta práctica en la región, donde la mayoría de países mantienen criterios opuestos respecto a su despenalización.
Este suceso se suma a la campaña a favor del aborto terapéutico emprendida recientemente por organizaciones en Nicaragua, donde no está permitido ningún tipo de aborto, luego de que en 2006 la Asamblea Nacional reformó el Código Penal para sancionar el aborto terapéutico. (Ver infografía ampliada)
En países como Cuba, Guyana, Puerto Rico, México y Uruguay está permitida la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas de gestación.
En este último país quedó sin efecto lo impuesto en 1938 por el gobierno uruguayo (que estableció que someterse a un aborto era un delito que debía pagarse con una pena de 3 a 9 meses de prisión), cuando esta nación se sumó a otras de América Latina respecto al tema de la despenalización. En Bolivia, en cambio, el aborto es tema de debate, al igual que en Ecuador.
La situación legal del aborto en Ecuador
En el país, la Comisión de Justicia y Estructura del Estado de la Asamblea Nacional elabora el informe para segundo debate del Código Orgánico Integral Penal, donde se plantea incorporar nuevas excepciones en el tema del aborto, dentro de los artículos contra los derechos de la libertad.
La actual Constitución del Ecuador contempla dos excepciones para que un aborto pueda realizarse: una de ellas, cuando la vida de la mujer corre riesgo (“aborto terapéutico”), y otra, cuando la mujer no tiene conciencia de sus actos.
La despenalización parcial del aborto transparentaría la realidad de la sociedad ecuatorianaLa asambleísta Gina Godoy, integrante de esta comisión especializada dentro del órgano legislativo, dijo que una de las propuestas incluidas en el proyecto es el planteamiento del aborto no punible cuando el embarazo es consecuencia de una violación, tal como funciona en Colombia tras un fallo de la Corte Constitucional de ese país. “Siempre que la interrupción se produzca antes de las doce semanas de gestación”, dice el borrador.
“Esto quiere decir que la condición para que una mujer se practique un aborto, ya no sería que ella fuera demente -como está tipificado en el Código Penal actual- sino que haya sido víctima de una violación”, explicó Godoy.
Según dice, “se debe considerar la situación de vulnerabilidad de la mujer a causa de un hecho de violencia, por medio del cual no se le permitió decidir cuándo y cuántos hijos tener, tal como manda la Constitución”
Godoy aseguró que no se trata de imitar a otros países, pero sí de tener referencia de cómo se maneja este tema en otras legislaciones. “Esto nos da elementos para discutir y rescatar mecanismos que podrían ser implementados en el país o para aprender de aquellas experiencias que podrían resultar negativas”, señaló.
Criterios encontrados
Para el abogado penalista Raúl Llerena, que en otros países se haya despenalizado el aborto está relacionado con la separación del derecho y de la moral, que -según considera- es un proceso necesario para el país. “En sociedades como Cuba, por ejemplo, hay una línea divisoria entre estos dos aspectos. Aquí en Ecuador nos dejamos llevar por el tema religioso, mas no por el tema legal. No se trata de que todos sean ateos, sino de tener una visión clara frente a esto”, sostiene el jurista.
Sin embargo, el abogado Julián Pérez mantiene una postura contraria. Según él, aunque este tema se encuentre legislado, todo funcionario público tiene la obligación de aplicar directamente los derechos establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales.
"Eso quiere decir que aunque digan que se lo puede practicar sin ninguna restricción, la persona -sea médico o juez- que evalúe el derecho puede decidir si lo hace o no, pero hay una norma superior que es la de proteger la vida, y la Constitución la garantiza desde la concepción".
“Las sanciones penales están reservadas para proteger esos bienes jurídicos más importantes, como la vida. Quienes defienden el aborto hablan de la autonomía del cuerpo de la mujer, que es un derecho establecido en la Constitución y es totalmente válido”, sostuvo.
No obstante, el abogado considera que desde lo legal, es necesario hacer una ponderación. “Mi criterio es que el derecho a la vida es un bien jurídico superior respecto a la autonomía de la mujer, por lo tanto debe protegerse a ese ser que se está gestando”, dice Pérez.
Pero Llerena difiere. Para él, la decisión de abortar corresponde a un derecho de libertad. “Desde esa perspectiva, defender principios fundamentales del ser humano. Estoy totalmente de acuerdo con la despenalización parcial del aborto en casos señalados, como el de violación o contagio de una enfermedad mortal, como el VIH”.
Sonia Rodríguez, coordinadora del área de Salud Sexual y Reproductiva del CEPAM-Guayaquil, señala que el tema va más allá de posturas a favor o en contra. “Ese es un planteamiento engañoso que lleva a la gente a dividirse. Para nosotras es de responsabilidad ética y política colocar el tema públicamente e insistir en que las víctimas de abusos sexuales deben ser escuchadas por especialistas y no darles respuestas desde un juicio moral”.
Según estadísticas presentadas por el Ministerio de Salud, todo embarazo de menores de 14 años es producto de violencia sexual, explicó Rodríguez. “El problema es que hay niñas y adolescentes que son violentadas y el Estado no pudo garantizarles seguridad y bienestar, por lo que le compete dar respuesta, además de ampliar servicios especializados en salud y psicología para brindar la posibilidad de que accedan a un aborto seguro”.
Lo que permitirá la despenalización
Gina Godoy es enfática al decir que el aborto implica un riesgo que está relacionado con la clandestinidad del acto. “Por ello es necesario centrar la atención en las políticas públicas, pues la amenaza de la pena no resulta suficiente para evitar que se practique”.
Rodríguez , de su parte, considera que la eliminación de la sanción por la interrupción del embarazo cuando ha ocurrido una violación, permitirá la restitución de los derechos de niñas y adolescentes que pasan por ello y que suele ocurrir en un entorno familiar o educativo, “para que puedan recuperar su proyecto de vida y no sea alterado”, asegura.
El abogado penalista Raúl Llerena manifiesta que la despenalización parcial del aborto ayudará a transparentar la realidad de la sociedad ecuatoriana.
DATOS
La penalización del aborto nace con un Código Penal de 1930 en los tiempo del conservadurismo, es decir catolicismo. Es considerado un delito contra la vida.
Según datos de la Organización de Naciones Unidas, en el mundo una de cada 5 mujeres es víctima de intento y de violación consumada.
El 60,6% de las mujeres ecuatorianas sufre algún tipo de violencia en Ecuador, según un estudio difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). De ellas el 25% son de tipo sexual.