Juramento a la Bandera será de manera virtual
Este viernes 25 de septiembre se efectuará en todo el territorio nacional el Juramento a la Bandera y proclamación de abanderados, portaestandartes, escoltas, para el régimen Costa-Galápagos y Sierra-Amazonía, para el período 2020-2021.
El Ministerio de Educación indicó, a través de un comunicado, que en el marco de la emergencia sanitaria, la proclamación de abanderados y portaestandartes se realizará en las instalaciones de las instituciones educativas y será retransmitida a través de plataformas digitales para el resto de las personas.
Las instituciones educativas fiscales, municipales, particulares y fiscomisionales podrán realizar la proclamación de abanderados, portaestandartes y escoltas y el Juramento a la Bandera cumpliendo la normativa educativa vigente y las disposiciones de los Comités de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional y Cantonales.
En ese contexto, los asistentes permitidos al evento son: Abanderado del Pabellón Nacional; Portaestandarte de la ciudad o cantón; Portaestandarte del plantel, autoridades de la institución educativa (máximo 3 personas en total), acompañantes del abanderado (a) y portaestandartes (máximo de 2 personas por cada uno). La presencia no es obligatoria.
Esta actividad será contabilizada como un día de actividad dentro el cronograma escolar.
La proclamación de escoltas y el reconocimiento de la distinción obtenida por cada uno de ellos se realizará por medios virtuales, a través de la lectura del acta de elección de abanderado, portaestandartes y escoltas.
Mientras que el Juramento a la Bandera por parte de los alumnos de 3.° de Bachillerato será tomado de manera colectiva y de forma virtual dentro de cada uno de los establecimientos.
Las instituciones educativas que no cuentan con las facilidades de conectividad para llevar a cabo un evento interactivo de Juramento a la Bandera, con todos sus estudiantes de 3.° de Bachillerato, únicamente realizarán la proclamación de abanderados y portaestandartes de manera presencial.
No se autoriza la organización y realización de eventos masivos que conlleven a la aglomeración de la ciudadanía por parte de las instituciones. (I)