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El Telégrafo
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Jueza acepta apelación a pareja de lesbianas que fueron impedidas de casarse

19-9-13 pamela troya - sociedadHace pocos minutos, Ramiro García, abogado defensor de dos lesbianas que trataron de casarse por lo civil, informó que fue aceptada la apelación respecto a la inadmisión por su matrimonio civil.

En agosto de este año, las autoridades del Registro Civil (RC) negaron el cupo solicitado por Pamela Troya Báez y Gabriela Correa Vejar, para celebrar su boda civil.

Los representantes del organismo público indicaron que  el artículo 67 de la Constitución establece que “el matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal”.

Agregaron que el artículo 81 del Código Civil indica que el matrimonio es un contrato solemne por el cual el hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente.

Frente a esta respuesta la pareja presentó una acción de protección argumentando una violación de derechos. El pedido fue negado y la pareja volvió apelar.

La notificación llegó al casillero judicial del abogado García por parte de la doctora Karla Muela Bravo, en calidad de Secretaria Encargada de la Segunda Sala Civil, Mercantil, Inquilinato y Residuales.

La jueza sustentó su decisión señalando que "la Constitución es de directa e inmediata aplicación, ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de las garantías constitucionales y los servidores judiciales deben aplicar la norma y la interpretación que más favorezca su efectiva vigencia".

Explicó que cuando existen dos normas que regulan el procedimiento de las garantías jurisdiccionales "los jueces están obligados a aplicar la norma que favorezca su efectiva vigencia".

Según la notificación de la jueza Bravo, el artículo 86 numeral 3 de la Constitución señala que una vez presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública y en cualquier momento del proceso podrá ordenar la práctica de pruebas y designar comisiones para recabarlas.

"Estamos a la espera de que la Jueza Gloria Pillajo Balladares convoque a la audiencia. La inadmisión de la acción de protección por parte de la jueza Pillajo, no tuvo ningún sustento en derecho; afortunadamente vemos que la apelación presentada ha tenido una respuesta favorable en el estricto apego a la ley y a la garantía de los derechos consagrados en la Constitución", dijo.

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