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Estudiantes podrán usar textos digitales en lugar de impresos

La interacción en el aula de clase a través del uso de herramientas tecnológicas es parte de la Agenda Educativa Digital que realiza el Ministerio de Educación.
La interacción en el aula de clase a través del uso de herramientas tecnológicas es parte de la Agenda Educativa Digital que realiza el Ministerio de Educación.
Foto: Archivo / EL TELÉGRAFO
29 de agosto de 2018 - 16:24 - Redacción Web

El Ministerio de Educación (MinEduc) emitió un acuerdo con lineamientos sobre el fomento de los textos escolares digitales y el buen uso de los impresos en las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales de todo el país.

El acuerdo ministerial 081-A  se enmarca en la Agenda Educativa Digital que lleva adelante esta Secretaría de Estado. La normativa establece que los padres de familia podrán manifestar de manera voluntaria el deseo de que sus hijos utilicen los textos digitales no fungibles (que no contienen actividades para desarrollarlas en su interior) en lugar de los impresos.

Esta decisión deberá ser notificada en la secretaría de la institución educativa antes de finalizar el año lectivo, a través del “Formulario de autorización de uso de textos escolares digitales”, que estará disponible en la página web del ministerio

En un comunicado, el MinEduc señala que durante el año escolar las instituciones educativas fomentarán el uso voluntario de textos escolares digitales de acuerdo con la infraestructura y recursos tecnológicos que posea cada plantel.

Reutilización de textos

El acuerdo también establece que los alumnos, al finalizar el año escolar y de manera voluntaria, entreguen sus textos escolares a los docentes responsables de cada asignatura, a fin de que otros estudiantes lo puedan reutilizar el siguiente año.

Los libros que podrán entregarse son aquellos que no contienen actividades para desarrollarlas en su interior, es decir, los textos de 5.°, 6.°, 7.° 8.°, 9.° y 10.° grado de Educación General Básica, y 1.°, 2.° y 3.° de Bachillerato General Unificado.

No podrán ser reutilizados, los textos escolares de 1.° a  4.° grado, correspondientes a los subniveles de preparatoria y elemental de Educación General Básica, ya que estos textos contienen actividades para desarrollarlas en su interior.

La normativa también menciona que los textos escolares impresos de años lectivos anteriores, que hayan quedado en desuso por ajustes en el contenido total de la malla curricular, serán parte de las bibliotecas de las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales. Servirán como apoyo pedagógico para la comunidad educativa. (I)

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