¿Qué requisitos deben cumplir los ecuatorianos para ingresar a México?
Los ciudadanos ecuatorianos deberán cumplir ciertos requisitos que establece el Gobierno de México, tras la eliminación del visado con fines de turismo, tránsito, negocios o cualquier actividad no remunerada.
"Este llamado a los connacionales se realiza a fin de garantizar una estadía segura" en dicho país, indica un comunicado del Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador.
Según el Instituto Nacional de Migración (INM) de México, los turistas deberán contar con pasaporte vigente y válido y con el formulario migratorio múltiple, con los respectivos datos.
De este último, el desprendible de la parte derecha se lo devolverá al funcionario de migración que efectúe el trámite de ingreso. Hay que conservarlo, pues deberá presentarlo al momento de la salida de México, junto con el pasaporte.
En caso de pérdida del formulario deberá realizar la denuncia en una agencia del Ministerio Público mexicano. Se exigirá este documento para abandonar el país, de lo contrario deberá pagar una multa.
La autoridad migratoria podrá solicitar al extranjero que compruebe el motivo de su viaje, mediante documentos como: reservación de hotel, boletos de regreso o boletos de tours (itinerario).
La Cancillería recomienda, entre otros, contar con la reserva de alojamiento válida y vigente.
Al tratarse de invitación de una persona, deberá tener datos de contacto: nombres completos, celular, dirección, email, lugar de trabajo, entre otros.
Se recomienda llevar a la mano los datos de contacto de familiares y de su empleador en Ecuador (de ser el caso).
En el caso de un viaje de negocios, una carta en español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera, indicando que el extranjero es empleado y que el pago de servicios que prestará en territorio nacional correrá por su cuenta.
También la copia del contrato de transferencia de tecnología, patentes y marcas, de compraventa de maquinaria y equipo, de capacitación técnica de personal, o de cualquier otro relacionado con el proceso de producción de una empresa establecida en México o que vinculen a la parte extranjera con la parte mexicana; o constancia de nombramiento por la asamblea de accionistas de empresas legalmente establecidas en México.
En caso de que la persona extranjera tenga previsto participar en alguna actividad no remunerada en territorio mexicano, una carta de invitación de la organización o institución pública o privada. En caso de que estas entidades sufraguen los gastos de viaje y permanencia, se deberá adjuntar la carta respectiva.
Al tratarse de cursos, estudios o proyectos de investigación o de formación, el extranjero deberá poseer una carta de invitación o de aceptación de alguna institución del sistema educativo nacional. El tiempo máximo de temporalidad es de 180 días. (I)
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