Ministerio del Ambiente constituye delegación
Comisión liquidadora del FAN opera para optimizar recursos
El Ministerio del Ambiente de Ecuador (MAE) creó la comisión liquidadora del Fondo Ambiental Nacional (FAN), que estará integrada por tres delegados de esta cartera de Estado y presidida por la exministra del Ambiente, Ana Albán.
La resolución surge en cumplimiento al Decreto Ejecutivo N° 998, emitido el pasado 10 de abril, que resolvió disolver el FAN, creado el 18 de enero de 1996.
La disposición señala que los fondos públicos resultantes de dicha liquidación sean empleados en políticas de conservación y protección al medio ambiente, observando las disposiciones e instrumentos legales correspondientes.
El MAE recordó que el 98% de los recursos provenientes de las fuentes de financiamiento del FAN es de carácter público, pues provienen de la cooperación y no pierden su calidad como tal, pese a estar administrados a través de una persona jurídica de derecho privado.
En un acto celebrado en la sede del FAN en Quito el jueves pasado, el ministro de Ambiente, Daniel Ortega, declaró que la lógica que ha primado en esta decisión es que los principios constitucionales, la transparencia y los recursos públicos estén en función de garantizar rendimientos.
Ortega señaló que más del 80% del presupuesto del Fondo se destina a pagar salarios y que solo 2 personas acaparan el 18% del total.
El hasta ahora director ejecutivo del FAN, Diego Burneo, expuso un primer estado de situación de los fondos ante el Ministro y los miembros de la Comisión Liquidadora, aunque se espera que se presente un informe detallado en los próximos días.
El ministro del Ambiente manifestó que los miembros de la Comisión Liquidadora tienen “una gran tarea y responsabilidad” para que los fondos públicos se canalicen en función de los intereses nacionales y el beneficio de los ecuatorianos.
Al respecto, Ana Albán expresó que la intención “es alinearse a una estrategia gubernamental que tiene que ver con el manejo de fondos y trabajar más de cerca con la autoridad ambiental”. (I)