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Ecuador, 23 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Los documentos de los inventores pueden ser transferibles

Código Ingenios reducirá impuestos a empresas que promuevan investigación

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El objetivo fundamental del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (Ingenios), aprobado por la Asamblea Nacional, es instaurar como política de estado la construcción de la riqueza en función de la ciencia y tecnología.

René Ramírez, titular de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), aclara que permitirá crear el entramado que se necesita para poner el país dentro de la esfera de la competitividad internacional. “Nos posiciona en el Ecuador del futuro, de la nueva era digital y del conocimiento, donde se establezca la articulación público y privada con la academia”, indica.

Ramírez destaca que el código  incluye bondades tributarias para las empresas. Las compañías -añade- pueden disminuir impuestos si financian investigaciones científicas, hacen innovaciones o desarrollan tecnología.

Además -continúa- las empresas tiene puntos adicionales en la contratación pública, si se articulan a la formación dual con los institutos técnicos y tecnológicos. “Facilitando que los estudiantes desarrollen pasantías en esas empresas”.

El funcionario adelanta que se creará una preasignación de $ 540 millones para ciencia, tecnología e innovación y que las exoneraciones tributarias en los próximo años serían cercanas a los $ 100 millones.

La propiedad intelectual

La normativa aprobada destaca la soberanía que tendrá el país para garantizar la generación, transmisión, uso y aprovechamiento de los conocimientos, y acceso a la tecnología e innovación.

También, garantiza en la investigación el respeto a la ética, naturaleza, ambiente; y el rescate, aprovechamiento y potenciación de conocimientos tradicionales. El investigador -indica- debe estar registrado en la Senescyt.

Para Franklin Columba, dirigente de la Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras (Fenocin), el código impedirá que la biopiratería siga desarrollándose. “Es importante que se establezcan normas que protejan los conocimientos y los saberes ancestrales, porque en el país se ha hecho ‘feria’ de ellos sin un reconocimiento a las comunidades”.

Las patentes

El capítulo II reza que se entregará patente a toda invención, producto de procedimientos en los campos de tecnología; siempre que sea nueva, tenga nivel inventivo y susceptible de aplicación industrial.

Especifica que no se considera materia protegible los conocimientos tradicionales. Los principios y teorías científicas o matemáticas  están exentos de ser catalogados invenciones.

En esta categoría se encuentra el material biológico de la naturaleza o aquel que esté aislado (genes, proteínas o germoplasma de un ser vivo).

El artículo 274 aclara que los productos o procedimientos ya patentados -comprendidos en estado de la técnica- no serán objeto de nueva patente por atribuirse un uso distinto al que tenían inicialmente.

El derecho de la patente -señala- es del inventor y puede ser transferible entre vivos y transmisible por causa de muerte. Su duración es de 20 años.

Sandra Sánchez, investigadora de software y docente de la Escuela Politécnica Nacional (EPN), expresa que las reglas claras impulsan la investigación.

Pero la ley -dice- debe habilitar a cualquier persona interesada en hacer estudios para que sus productos sean reconocidos de la manera que el investigador crea conveniente:

“A través de los distintos licenciamientos (compartir su producto y permitir que otros lo modifiquen), pero que se reconozca su autoría original”.

Según Sánchez, el software tiene un tratamiento especial para que la industria de este producto crezca. La especialista cuenta que profesionales ecuatorianos lograron colocar años atrás componentes de programas en productos conocidos mundialmente.

“Dentro del core -componente de Microsoft- un compatriota introdujo todo lo tiene que ver con los chequeos gramaticales y ortográficos. (...) También un ecuatoriano desarrolló un componente de los primeros antivirus; y él vendió su patente a la empresa que aún la utiliza como base del producto actual”.

El biólogo ecuatoriano e investigador Luis Coloma sugiere que el Estado firme contratos marco de Acceso a Recursos Genéticos solamente cuando alguien está interesado en obtener o validar patentes. “La biopiratería puede controlarse cuando se soliciten patentes en Ecuador o en los países signatarios del Protocolo de Nagoya”.

Articulación con la academia

En el código se establece, como eje de desarrollo de la investigación, la articulación entre empresa pública, privada y la academia.

Juan Pablo Salgado, vicerrector de investigación de la Universidad Politécnica Salesiana (UPS), coincide en que la universidad nacional tiene funciones de docencia, investigación y vinculación.  

Él detalla que cuando la institución tiene el producto de una investigación, la cual se aplica en una empresa, ya sea pública o privada, se genera vinculación. “Si la empresa no apuesta a la universidad para producir conocimiento y suministrar mano de obra, no se generará una articulación”.

De acuerdo con Salgado, falta una cultura de confianza para establecer el acercamiento que potencialice la generación de nuevos conocimientos. “Para que la empresa busque a la universidad como un suministrador de las soluciones para sus problemas”. (I)

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