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Ecuador, 23 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Ventas condicionadas de textos y uniformes están prohibidas

La Superintendencia de Control del Poder de Mercado indicó que los padres deben tener acceso a todas las ofertas y opciones.
La Superintendencia de Control del Poder de Mercado indicó que los padres deben tener acceso a todas las ofertas y opciones.
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La lista de útiles, textos escolares y uniformes no podrá exceder un salario básico unificado ( $ 386), informaron el Ministerio de Educación y la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM), a propósito del inicio de clases en el régimen Costa, el próximo 16 de abril.

Carolina Carrera, intendenta general de la SCPM, explicó que las ventas condicionadas exclusivas de libros, textos y uniformes están tipificadas en la Ley de Poder de Mercado. "Estamos luchando para que la oferta de matrículas y textos escolares den a los padres todas las ofertas y opciones". 

Daniel Serrano, subsecretario de Apoyo, Seguimiento y Regulación de la Educación, recordó que la educación fiscal es "totalmente gratuita".

Respecto las unidades educativas particulares y fiscomisionales, el funcionario indicó que al final del año se saca resoluciones para cada uno de los costos. En el caso de la matrícula, no podrá superar el 75% del valor de la pensión mensual. Y, para este segundo rubro, "se hace un cálculo de todo el gasto que tiene la unidad educativa y se lo divide para el total de alumnos".

Serrano puntualizó que se puede incrementar máximo el 10% y luego de cumplir varios requisitos. Pero si en un año hay un incremento, el próximo ya no podrá haberlo.

Explicó que este año, en la Costa, 1.664 unidades educativas regularizaron su pensión, de ellas alrededor de 495 realizaron un incremento, no todas del 10%. Por ejemplo, dijo, de las 251 que registraron un incremento en la zona 8, 16 lo hicieron en un 5%.

Serrano puntualizó, además, que las instituciones educativas particulares no podrán: exigir el pago de contribuciones económicas adicionales; el pago adelantado de pensiones y matrículas; comercializar textos, útiles escolares, uniformes y otros bienes al interior de la institución. Tampoco direccionar su compra a un punto de venta específico.

Carrera señaló que la SCPM puede iniciar una investigación de oficio o por denuncia. Las sanciones dependen del tipo de falta y van del 8 al 12% del volumen de negocio (venta totales) del ejercicio fiscal anterior al cometimiento de la práctica anticompetitiva. 

En caso de cobros no autorizados, las denuncias pueden hacerse a través de los siguientes canales: 

Página web: www.educacion.gob.ec

Llamando al 1800 Educación (33 82 22)

​Direcciones Distritales de Educación

Redes Sociales (Facebook: Ministerio Educación Ecuador y Twitter: @Educacion_Ec)

Superintendencia de Control del Poder de Mercado:  Página web: www.scpm.gob.ec  y llamando al 159 opción 7.

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