Giovanny Jaramillo, transmasculino, se declara como sobreviviente. Él fue víctima de la represión, el maltrato físico y psicológico. En la década del 90, cuando era adolescente, vivió discriminación y humillación mientras estaba en el colegio, a tal punto que concluyó sus estudios en la sección nocturna para evitar los ataques. En Ecuador, hasta 1997, la homosexualidad era considerada un delito. El artículo 516 del anterior Código Penal castigaba las relaciones entre adultos del mismo sexo con reclusión de cuatro a ocho años. “Las personas homosexuales eran tratadas como delincuentes”. Este instrumento legal -recuerda- fue utilizado por la Policía Nacional para reprimir a la comunidad gay y lesbiana. La Fundación de Acción y Ayuda para Prevención del Sida (Fedaeps) fue una de las primeras organizaciones que con otros colectivos, en 1994, presentó una queja ante la Organización de Estados Americanos (OEA) en la que denunció que en el país se vulneraban los derechos humanos de la población. La OEA determinó que si algún instrumento legal violaba los derechos de los homosexuales estaba en contra de la Carta Mundial de los Derechos Humanos. En Cuenca, en 1997, se desató una protesta masiva cuando la fuerza pública detuvo a una centena de homosexuales que reclamaban por la aprehensión de varios gays y, además, por el abuso y maltrato a un conocido estilista de Cuenca, llamado ‘Nacho’. Estudiantes universitarios, trabajadoras sexuales trans y heterosexuales iniciaron gestiones para que se despenalice la homosexualidad en las leyes locales. Alrededor de 1.400 firmas se recolectaron de parte de los ciudadanos que estaban en contra y fueron entregadas en septiembre de 1997 al Tribunal Constitucional. El 25 de noviembre del mismo año se declaró inconstitucional el primer inciso del artículo 516 que rezaba: “Las relaciones homosexuales consentidas entre adultos serán castigadas con reclusión de cuatro a ocho años”, debido a que esto violaba los derechos de los homosexuales. El abogado penalista Gabriel Jácome precisa que un año después se garantizó por primera vez el derecho a la vida a todas las personas, sin importar la orientación sexual, tras la reforma de la Constitución Política de 1998. “La Carta Magna se basó en las normas jurídicas y acuerdos ministeriales. El derecho a la vida es inalienable e irrenunciable, sin importar el género y clase”. Para Diane Rodríguez, presidenta de la Asociación Silueta X, al inicio no hubo un avance real. “Quedó en letra muerta, a pesar de los logros”. En 2000, por ejemplo, se registraron incidentes en sitios como el Malecón de Guayaquil. Guardias del lugar prohibían que personas trans ingresaran al sitio. La activista considera que a partir de la creación de la Constitución de 2008, en los últimos años se evidencia progreso en derechos a la población GLBTI (gays, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales). “Hay cumplimiento de la unión de hecho entre personas trans y del mismo sexo y el cambio de género en la cédula de identidad. Si eso hubiese ocurrido en esos años, hoy estuviéramos desarrollados culturalmente, como Uruguay, Argentina y Holanda”. Rodríguez expresa que el reconocimiento de la ley a favor de la comunidad cambió la perspectiva de la sociedad y ha contribuido a la eliminación de la exclusión. (I)