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Presidente Noboa eliminó dos artículos del Reglamento de la Ley de Defensa Nacional

La Policía Nacional no se subordinará a las Fuerzas Armadas durante los estados de excepción.
La Policía Nacional no se subordinará a las Fuerzas Armadas durante los estados de excepción.
Foto: Presidencia de la República.
17 de julio de 2024 - 13:26 - Rodrigo Martinez

Por pedido del Ministerio de Defensa del Ecuador, el presidente Daniel Noboa promulgó el Decreto Ejecutivo 334 este martes 17 de julio de 2024 para eliminar dos artículos del Reglamento General a la Ley Orgánica de Defensa Nacional, que había sido expedida el 11 de julio. 

Los artículos que quedarán fuera de la normativa son el 24 y el 25. El primero implicaba que la Policía Nacional sea una fuerza auxiliar de las Fuerzas Armadas para la defensa de la soberanía durante un estado de excepción o estado de emergencia. El segundo señalaba que la Policía Nacional -en calidad de fuerza auxiliar- se subordinaría de forma parcial o total al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en base a las disposiciones de los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica de Defensa Nacional. 

Con la eliminación de los dos artículos de la reglamentación, los agentes policiales no serán fuerza auxiliar ni se subordinarán a los mandos militares durante los estados de excepción. Al momento existe uno vigente desde el 2 de julio de 2024 por 60 días para las provincias de  Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y el cantón Camilo Ponce Enríquez en Azuay.

Desde enero de 2024, el mandatario ha decretado cuatro estados de excepción con el objetivo de combatir la inseguridad y el crimen organizado en el país. 

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