Controles permanentes de armas y explosivos en cárceles
A través del Decreto 278, el presidente de la República Daniel Noboa autorizó a las Fuerzas Armadas a realizar controles permanentes de armas, municiones y explosivos en los centros de rehabilitación social del Ecuador.
El decreto obedece al mandato de los ecuatorianos en la Pregunta 1 de la Consulta Popular: ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?
Un 69,6% de los ecuatorianos que acudieron a las votaciones el domingo 21 de abril de 2024 se pronunciaron a favor de la pregunta y el 9 de mayo los resultados fueron oficializados en el Suplemento del Registro Oficial No. 554.
La reforma no requería ser tratada por la Asamblea Nacional, por lo que el presidente Noboa en base a los numerales 3, 5, 16 y 17 del artículo 147 de la Constitución de la República y el literal f) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, promulgó el Decreto Ejecutivo.
Por tanto, a partir de este jueves 23 de mayo de 2024, las Fuerzas Armadas realizarán el control permanente de armas, municiones, explosivos y accesorios en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social de todo el país.
Las operaciones estarán a cargo del Comando Conjunto de las FF.AA. y todo el material decomisado será entregado a las autoridades pertinentes para el procedimiento respectivo.
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— Presidencia Ecuador ?? (@Presidencia_Ec) May 24, 2024
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— EcuadorTV (@EcuadorTV) May 23, 2024