Vehículos de carga deben regularizarse
La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) de El Oro recepta la documentación de aquellos vehículos de carga pesada que aún no han cumplido con el proceso de regularización.
Mañana vence el plazo para presentar los respectivos papeles, caso contrario no podrán seguir operando en las instalaciones portuarias.
Según datos de la entidad, la provincia tiene un parque automotor de 225 vehículos pesados.
De éstos, solo el 60% pasaron la primera fase, el porcentaje restante (sus propietarios) tiene que acercarse a las oficinas de la Agencia para iniciar el trámite correspondiente.
Casi un centenar de unidades aún falta de regularizarse. En su mayoría son camiones bananeros que entran y salen de la Autoridad Portuaria de Puerto Bolívar (APPB). Javier Chango, director provincial (e) de la ANT, expresó que la semana pasada era escaso el número de conductores haciendo las gestiones.
El funcionario espera que lleguen los propietarios con la documentación requerida.
“Hacemos un llamado a los dueños de los vehículos para que acudan oportunamente, a fin de finalizar el proceso y evitar que tengan algún problema a futuro, pues la próxima semana la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) ya comienza con los controles en el puerto”, informó Chango.
La regulación es obligatoria y para ello se han establecido diversas medidas de control. Una de ellas es la disposición del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) que prohíbe el ingreso a las terminales marítimas de los vehículos no regulados por la ANT.
Esta última institución emitió la resolución número 057, con fecha de 21 de marzo de 2013, para que los vehículos comprendidos en el rango de fabricación desde 1970 hasta 1981, y cuyos propietarios sean personas naturales que jamás hayan pertenecido a compañías o cooperativas de transporte con permiso de operación, puedan regularizarse.
“En la primera fase ingresaron 192 vehículos, de los cuales solo 125 pasaron a la segunda”, aseguró el director encargado. Los dueños de camiones, deben presentar el tique impreso de la página web de la ANT; documento que acredite la personería jurídica de la operadora, nómina de socios, y el acta de Junta por la cual se autoriza el ingreso.