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Ecuador, 06 de Marzo de 2025
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Punto de vista

El ordenamiento territorial

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Hay quienes parecen estar convencidos de que centralizando todas las decisiones en la cúpula del Estado se podría alcanzar adecuados niveles de ordenamiento territorial, lo más grave es que también están convencidos de que todos los problemas se arreglan por Ley. Basta la norma y cuerpo colegiado, plurinacional, de todos y todas en la Capital de la República para que las cosas se arreglen y funcionen bien. Desde hace varias décadas la macrocefalia centralista del Estado y de esa especie de Estado paralelo denominado “sociedad civil”, ha ido creciendo incesantemente. Ya tenemos sobre las 300 entidades y organismos con carácter nacional, con sus respectivos cuerpos colegiados que obviamente buscan ejercer alguna acción real en el territorio y que para ello tienen necesariamente que establecer en cada una de las 24 provincias o 221 cantones una oficina administrativa subordinada que se encargue de, por lo menos, publicitar la existencia y la misión y visión del ente regulador central. Si multiplicamos 300 por 24 tendríamos 7.200 oficinas con por lo menos jefe y secretaria, la cosa seria peor si multiplicáramos 300 por 221 cantones, eso nos daría 66.300 oficinas que no habría presupuesto que lo sostenga. Parecería entonces evidente que el ordenamiento territorial no camina por estos senderos del centralismo y que hace falta descentralización y una desconcentración regionalizada en máximo 7 regiones horizontales y ancestrales como ya lo dice el Decreto Presidencial del 18 de enero de 2008 que ha tenido muy poco cumplimiento.

La Constitución de la República del Ecuador en el art. 1 señala que el Ecuador es un Estado Constitucional de derechos y justicia social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. Con lo expuesto, observemos de manera gráfica el cuadro surrealista que constituye la estructura centralista del Estado que para actuar en el territorio se difumina en forma clientelar en miles de instancias administrativas subordinadas incapaces en la realidad de hacer nada ni controlar nada.

Estructura de un estado centralista

Este es un claro ejemplo de un estado centralista conformado por 300 y más institutos, direcciones y programas nacionales adscritos a los ministerios sectoriales o entes autónomos dependientes, como fondos o consejos nacionales que, por lo regular, suplantan las atribuciones de los gobiernos locales, tendencia obvia a establecer en cada una de las 24 provincias, e incluso en más de 200 cantones, oficinas administrativas subordinadas, sin recursos de inversión. Complica aún más el cuadro la creación de subsecretarías territoriales y el intento de territorialización racial, además de todo aparato de oenegés paralelas a la estructura del estado.

Es, entonces, necesario poner orden en el conjunto orgánico institucional que debería estar en condiciones de dirigir o gobernar nuestra sociedad y que se llama Estado. Determinando con claridad a quién corresponde hacer qué y con qué recursos, es decir, la instancia del Estado que en el nivel nacional, regional, provincial o local asume atribuciones específicas y cuenta con los recursos idóneos para el pleno desempeño de esas atribuciones. Partir de un enfoque globalizante, las medidas de descentralización que se puedan adoptar en forma parcial, significarán necesariamente una mayor profundización de la caótica superposición de funciones o atribuciones existentes y un incremento de la incongruencia estructural que se busca superar.

Especificidad de atribuciones y recursos

Se trata de sistematizar la estructura orgánica del Estado, parte esencial de todo proceso de modernización, haciendo hincapié a los diferentes niveles de gobierno nacional, regional, provincial, municipal, comunitario, a qué instancia de gobierno pertenece, qué atribuciones específicas tiene y con qué recursos cuenta. Para ello es necesario anotar la diferencia entre descentralización y desconcentración, ya que los organismos de desarrollo regional, en una primera pero indispensable instancia, están concebidos como instrumento de desconcentración de la acción del Gobierno de la Nación en materia de planificación regional, infraestructura y fomento a la producción; tareas que hoy día se promueven a través de un centenar de entes sectoriales adscritos a los ministerios.

Es ineludible también analizar la matriz de competencias en la estructura descentralizada y desconcentrada del Estado que estipule con claridad las competencias de dirección, planificación, regulación, evaluación y control, que tiene cada nivel ya sea nacional, regional, provincial, municipal y comunitario. Congruencia y articulación que debe darse en el nivel superior para adoptar las decisiones fundamentales para la ejecución del proceso descentralizador, por otra parte se requiere de la voluntad política indoblegable que permita superar o enfrentar las evidentes resistencias que podría genera un cambio que toca a la esencia organizativa del Estado y la sociedad. La descentralización se ha vuelto desde hace mucho tiempo un tema de actualidad, sin embargo, afecta a importantes núcleos de poder. Hay una serie de decisiones contradictorias que se han venido adoptando y de lo cual es consiente la opinión pública nacional. Mientras más se habla de descentralización se incrementa la macrocefalia central del Estado, evidenciando un sinnúmero de ministerios sectoriales y por consiguiente de subsecretarias, direcciones e institutos, así también se ha multiplicado el número de fondos, programas, inversiones y actividades que por su naturaleza deben estar en manos de los gobiernos seccionales cuyo robustecimiento se ha venido proclamando como meta de sucesivos gobiernos. Nadie podrá desconocer la necesidad de articular y racionalizar el gasto público y frenar los abusos de la superburocracia centralista, para ello es indispensable la descentralización que requiere de todo un país de pie y bien organizado más allá de las conveniencias y limitaciones ideológicas. Se requiere también promover una regionalización horizontal para crear unidades geoeconómicas interdependientes para trabajar en un contexto descentralizado por la producción y el desarrollo, para ello el ordenamiento territorial necesita máximo 7 regiones horizontales y ancestrales en el afán de racionalizar su administración, vertebrando horizontalmente el espacio nacional. (O)

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