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Ecuador, 23 de Diciembre de 2024
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52 vehículos mal estacionados fueron retenidos afuera del estadio de Liga

52 vehículos mal estacionados fueron retenidos afuera del estadio de Liga
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El artículo 391 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece al mal estacionamiento como una contravención de tránsito de sexta clase. La normativa sanciona este tipo de comportamiento con una multa equivalente al 10% del Salario Básico Unificado ($ 39,4, en la actualidad) y la reducción de tres puntos en la licencia de conducir.

Esas son las sanciones para los dueños de los vehículos a los que personal de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) trasladó hasta los centros de retención vehicular (CRV) capitalinos por estacionarse en lugares indebidos afuera del estadio de Liga Deportiva Universitaria para el partido con Boca de Juniors del 21 de agosto de 2019.

Según la AMT, 52 vehículos fueron llevados a los patios de retención vehícular y 64 conductores fueron citados durante los operativos realizados a propósito del partido de ida de cuartos de final de la Copa Libertadores de América, que el conjunto quiteño perdió 0-3.

Desde principios de año, el Municipio ha emitido 8.600 sanciones por este tipo de mal uso del espacio público en el territorio capitalino.

A las sanciones establecidas en el COIP, se suman para los infraccionados anteayer el costo por parqueadero en los centros de retención. Las tarifas son de $ 3 diarios para vehículos livianos; $ 7, para vehículos pesados y $ 1, para motocicletas.

Además, la recuperación del automotor significa el pago del costo del arrastre de la unidad hasta el patio de retención. Entre los requisitos de liberación del carro, el propietario debe llevar el original y dos copias de la cédula de su cédula de ciudadanía y el original y dos copias de la matrícula. (I)

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