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Ecuador, 23 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Punto de vista

Un repaso a la historia del mayor asesino del continente americano

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¿Les suena un tal José Antonio de Areche Zornoza? ¡Qué feos apellidos de estos vizcaínos! Y son más feos por lo que vinieron a hacer en América como adulones de la monarquía. Son los sofocadores de nuestras rebeliones. ¿Qué será eso de Areche? ¿Tendrá algo que ver con areiro que en euskera (idioma original del País Vasco, una comunidad autónoma de España) significa ‘enemigo’? Lo de Zornoza nos viene más claro. Tiene que ver con zornatu, que en esta lengua significa supurar una herida.

Debe haber sido un zornetsu, o sea un purulento, un podrido lleno de pus que expidió la siguiente orden para asesinar a un supuesto altanero que había pensado cosas como las siguientes: Fue quien primero pensó en la libertad de toda América, sacándola de cualquier dependencia. Pensó en la eliminación de las formas de explotación imperantes: mitas, obrajes, comercio, alcabalas, aduanas. Decretó la abolición de la esclavitud negra por primera vez en Hispanoamérica, un 16 de noviembre de 1780.

Empapado el  Areche purulento que un mestizo haya tenido tales atrevimientos, como pacificador de esa revuelta, hizo obedecer una orden que se cumplió el 18 de mayo de 1781, la que guarda la historia, pero que no la rememoran los encargados de nuestras fiestas cívicas, porque son arechistas modernos:

“… debo condenar, y condeno a José Gabriel Túpac-Amaru, a que sea sacado a la plaza principal y pública de esta ciudad, arrastrado hasta el lugar del suplicio, donde presencie la ejecución de las sentencias que se dieren a su mujer, Micaela Bastidas, sus dos hijos Hipólito y Fernando Túpac-Amaru, a su tío, Francisco Túpac-Amaru, a su cuñado Antonio Bastidas y a algunos de los principales capitanes y auxiliadores de su inicua y perversa intención o proyecto, los cuales han de morir en el propio día; y concluidas estas sentencias, se le cortará  por el verdugo la lengua y después amarrado o atado por cada brazo y pies con cuerdas fuertes, y de modo que cada una de estas se pueda atar, o prender con facilidad a otras que prendan de las cinchas de cuatro caballos; para que, puesto de este modo, o de suerte que cada uno de estos tire de su lado, mirando a otras cuatro esquinas, o puntas de la plaza, marchen, partan o arranquen a una voz los caballos, de forma que quede dividido su cuerpo en otras tantas partes, llevándose este, luego que sea hora, al cerro o altura llamada de Picchu, a donde tuvo el atrevimiento de venir a intimidar, sitiar y pedir que se le rindiese esta ciudad, para que allí se queme en una hoguera que estará preparada, echando sus cenizas al aire, y en cuyo lugar se pondrá una lápida de piedra que exprese sus principales delitos y muerte, para solo memoria y escarmiento de su execrable acción. Su cabeza se remitirá al pueblo de Tinta, para que, estando tres días en la horca, se ponga después en un palo a la entrada más pública de él; uno de los brazos al de Tungasuca, en donde fue cacique, para lo mismo, y el otro para que se ponga y ejecute lo propio en la capital de la provincia de Carabaya; enviándose igualmente, y para que se observe la referida demostración, una pierna al pueblo de Livitaca (Chumbivilcas), y la restante al de Santa Rosa en la de Lampa, con testimonio y orden a los respectivos corregidores, o justicias territoriales. Para que publiquen esta sentencia con la mayor solemnidad por bando, luego que llegue a sus manos, y en otro igual día todos los años subsiguientes; de que darán aviso instruido a los superiores gobiernos, a quienes reconozcan dichos territorios. Que las casas de este sean arrasadas o batidas, y saladas a vista de todos los vecinos del pueblo o pueblos donde las tuviere, o existan. Que se confisquen todos sus bienes, a cuyo fin se da la correspondiente comisión a los jueces provinciales. Que todos los individuos de su familia, que hasta ahora no hayan venido, ni vinieren a poder de nuestras armas, y de la justicia que suspira por ellos para castigarlos con iguales rigurosas y afrentosas penas, queden infames e inhábiles para adquirir, poseer u obtener de cualquier modo herencia alguna o sucesión, si en algún tiempo quisiesen, o hubiese quienes pretendan derecho a ella. Que se recojan los autos seguidos sobre su descendencia en la  Real Audiencia, quemándose públicamente por el verdugo en la plaza pública de Lima, para que no quede memoria alguna de él”. (O)

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