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Ecuador, 22 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Punto de vista

Migrantes: Ecuador frente al sistema universal de DD.HH. (II parte)

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Del 29 de agosto al 7 de septiembre de 2016, la Secretaría Ejecutiva del Comité de Trabajadores Migratorios de Naciones Unidas está reunida preparando las cuestiones previas al tercer examen que Ecuador deberá rendir en noviembre ante este mecanismo internacional.

En el primer y segundo examen, el Comité manifestó su preocupación por varios temas, entre ellos la necesidad de contar con una nueva legislación adecuada a los parámetros constitucionales vigentes y a las normas de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias; la creación de un Sistema Nacional de Información sobre Migraciones que desagregue datos sobre sexo, edad, motivos de ingreso y salida, entre otros, que permita el diseño de políticas públicas con enfoque de género y derechos humanos; y, el reconocimiento de la competencia del Comité para recibir y examinar comunicaciones conforme lo prevén los artículos 76 y 77 de la Convención.

Ecuador, en sus informes presentados en 2007 y 2010, reconoció que aún no se ha armonizado la legislación vigente acorde a la Convención, por lo que las leyes sobre la materia son obsoletas. Se debate el proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana en la Asamblea Nacional y es preciso que este promueva un enfoque administrativo y no punitivo de las migraciones, que impulse procesos de regularización general y humanitario que garanticen derechos y seguridad, que establezca procedimientos claros y reglados sobre el otorgamiento y revocatoria de visados, naturalización, asilo, refugio y apatridia, y que  garantice el acceso a la justicia y al debido proceso.

Nuestro país ha dado muestras positivas al reconocer la competencia de órganos internacionales como el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y es una buena oportunidad para el reconocimiento de la competencia del Comité de Trabaja-dores Migratorios para recibir y examinar comunicaciones de personas que se encuen-tran en su jurisdicción, lo que abonará al desarrollo de normas, políticas y prácticas respetuosas de los derechos humanos.

El Comité en 2010 recomendó al país que asegure que los procedimientos migratorios, incluidos la deportación y la expulsión, estén en armonía con el artículo 22 de la Convención, por lo tanto deben ser excepcionales, de carácter administrativo y no se deben tratar dentro del sistema de justicia penal, lo cual es viable, más aún cuando la Constitución establece que ningún ser humano es ilegal por su condición migratoria.

Ecuador está en medio de un mundo que se debate en el signo de los tiempos, pueblos enteros movilizándose por vivir, por sobrevivir, por soñar un futuro posible de paz, justicia e inclusión. Los excluidos del sistema recorren la Tierra, no habrá frontera que los detenga, no hay otra alternativa que estar junto al lado más débil de la cadena. (O)

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