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La deuda del Estado al IESS

La deuda del Estado al IESS
07 de enero de 2018 - 00:00

Aunque parezca extraño, a pesar de que no paga las enormes deudas acumuladas, es el Estado el que maneja al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y al Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), cuyo monto, hasta la actualidad es de $ 18.500 millones, según el economista, Ramiro Vega Suárez, exactuario del Instituto de los afiliados, en una conferencia que expuso en la Unión Nacional de Periodistas (UNP), el 15 de noviembre de 2017. En este monto están incluidas cifras muy grandes, tales como: bonos emitidos por el Estado a pagarse a largo plazo y con bajas tasas de interés, deudas por salud que se aproximan a los $ 3.000 millones, deudas por déficit actuarial, inversiones en fideicomisos y mora por contribuciones de ley. Esta enorme cifra de deudas, supera el 50% el monto del Presupuesto General del Estado (PGE) del 2018, el cual se aproxima a los $ 34.900 millones.

Pero lo más grave de todo esto es que si el Estado no paga sus deudas al Instituto de los afiliados, pone en riesgo la sostenibilidad de las prestaciones, fundamentalmente las de salud y pensiones de las que dependen millones de derechohabientes, quienes, al año 2015 eran de 9’187.917  personas, esto es:  3’145.015 afiliados al Seguro General Obligatorio, 398.618  pensionistas del Seguro General Obligatorio, 4.384.081 dependientes del Seguro General Obligatorio, 1’227.983  afiliados, pensionistas y dependientes del Seguro Social Campesino; y 32.220  beneficiarios de Riesgos del Trabajo.  ¿Sobre quién recae el sostenimiento de dichas prestaciones? Nada más y nada menos que en el bolsillo de los afiliados, es decir, los afiliados sostendrían una política pública que no les corresponde. Por ejemplo, el financiamiento de las prestaciones de los seguros especiales, respecto de los cuales, el Estado se comprometió por ley a transferir anualmente sus contribuciones vía PGE (Art. 371 de la Constitución) para cubrir los gastos de la atención médica y jubilación de los afiliados al Seguro Social Campesino, y para cubrir la atención médica de personas que no son afiliadas al IESS, como las personas que tienen discapacidades o sufren enfermedades catastróficas. (O)

 

 

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