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Ecuador, 27 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Entramados familiares

La actuación de la Contraloría y la  Procuraduría en la década pasada fue un canto a la vida.

El expresidente Rafael Correa propuso a la Asamblea Nacional eliminar los informes previos de la Contraloría y Procuraduría en los procesos precontractuales (antes de celebrar cualquier contrato de obra pública) por parte de las diversas instituciones del Estado, e instituyó que los entes de control realicen un análisis  posterior y no previo de las contrataciones y compras de bienes por parte del Estado.

Estas reformas, donde se eliminó el control previo precontractual, abrió el camino para que se cometan inobservancias a discreción en diversos entes del Estado, a tal punto que las  autoridades de elección popular, dignatarios, servidores públicos, sean contratistas del Estado.

De haber existido informes previos  de los entes de control, esto no hubiere pasado.

Ciertos políticos y sus familiares perpetuados en el poder y cobijados por la omisión del titular guardián de los fondos públicos, hoy prófugo de la justicia, han creado círculos viciosos, entramados societarios familiares con actuaciones que derivarían en figuras penales como el  enriquecimiento ilícito, el  testaferrismo, el tráfico de influencias, el lavado de activos, peculado, asociación ilícita y la delincuencia organizada.

La falta de acción ciudadana para denunciar posibles hechos de corrupción se constituye también en omisión, es decir dejar hacer, dejar pasar, lo que da paso a que los posibles hechos de corrupción se vuelvan un mal social y un monstruo difícil de combatir. En muchas ocasiones los ciudadanos no quieren denunciar por falta de garantía y confianza en el sistema de justicia.

La Omisión de Denuncia (art. 277 COIP) por parte de la servidora o servidor público y en función de su cargo, conozca de algún hecho que pueda configurar una infracción y no lo ponga en conocimiento de la autoridad,  abona al gran mal de la corrupción, sumado a esto la gran alarma social que señala la omisión en la que ha caído el protector de la sociedad como es la Fiscalía (art. 442 COIP), que  estando autorizado por la ley, no cumple sus funciones como protector y representante de la sociedad ante la violación a sus derechos en aras de mantener el orden y la paz pública y la vigencia del ordenamiento jurídico que nos rige.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) y la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) son entes vertebrales en la lucha contra la corrupción y deberían constituirse en el brazo de hierro de la Fiscalía para determinar los enriquecimientos injustificados y el lavado de activos, y sancionar la omisión de control de lavado de activos.

Por ello, es necesario elegir a los mejores hombres y mujeres para que estén al frente de los organismos de control, para enfrentar al mayor de todos los males de la humanidad: la corrupción. (O)

 

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