Punto de vista
Empresas Transnacionales, Derechos Humanos y Protección Ambiental
Desde hace varias décadas, en cada conferencia internacional sobre medio ambiente se escucha el llamado a “cambiar el rumbo” en aras de la sostenibilidad. Todas las voces coinciden en lo imperioso que resulta transformar los actuales patrones de producción y de consumo.
Este mensaje ya no es tan solo un tema de política pública global, sino de la ciencia más autorizada. Sin embargo, a pesar de los grandes consensos científicos acerca de la grave amenaza a la vida en el planeta que representan la constante expansión de la economía global y los actuales modelos de desarrollo, la transición hacia la sustentabilidad continúa siendo un horizonte lejano.
Gran parte de la resistencia al cambio se debe a los intereses políticos y económicos que se benefician del extractivismo, de la contaminación, de la explotación irracional de los recursos naturales. En este escenario las llamadas empresas transnacionales han adquirido gran notoriedad en los últimos años por el creciente poder que detentan.
Las transnacionales no solo han crecido en volumen y en número, sino además en su capacidad de influir, o incluso controlar, la actuación de ciertos Estados y organismos internacionales. Este fenómeno se conoce como “captura corporativa”.
Otro gran obstáculo en la consecución de un cambio de paradigma se encuentra en las estructuras jurídicas desbalanceadas del orden internacional. Las debilidades que exhiben los regímenes internacionales en materia ambiental y de derechos humanos se ven agravadas por el serio desequilibrio que exhibe el derecho internacional en la actualidad en relación a las empresas transnacionales. Por ejemplo, el arbitraje inversionista-Estado en acuerdos bilaterales de inversiones y tratados de libre comercio le permite a las transnacionales demandar a los Estados cuando estos adoptan medidas de interés público que afectan a sus intereses. Este sistema menoscaba el orden democrático, al consagrar privilegios para los poderosos en desmedro de la sociedad en su conjunto y obstaculiza la transición hacia la sustentabilidad.
O sea que por un lado existe todo un andamiaje jurídicamente vinculante que establece y protege derechos y privilegios de las transnacionales. Y por el otro lado no hay un marco normativo vinculante que establezca obligaciones de las transnacionales de respetar los derechos de las personas y prevenir o reparar daños ambientales.
Para cerrar los vacíos jurídicos, una respuesta está en la elaboración de un tratado en materia de empresas y derechos humanos. Esta iniciativa ha sido impulsada por Ecuador y Sudáfrica en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, el cual creó en 2014 un Grupo de Trabajo para elaborar dicho tratado. Este abordaría uno de los puntos ciegos de los regímenes internacionales en materia ambiental y de derechos humanos: una cobertura efectiva sobre las empresas. El tratado daría un paso importante para “cambiar el rumbo” y promover un verdadero paradigma de sostenibilidad para el planeta y para las personas. (O)