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Ecuador, 22 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Transición 2017

El binomio presidencial recibirá credenciales del CNE el 16 de mayo

Patricio Baca, presidente del Tribunal Contencioso Electoral, dijo que el pedido de Andrés Páez fue presentado con fundamentaciones políticas.
Patricio Baca, presidente del Tribunal Contencioso Electoral, dijo que el pedido de Andrés Páez fue presentado con fundamentaciones políticas.
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Hasta antes del 24 de mayo, día en que se posesionan los nuevos presidente y vicepresidente electos, respectivamente, las organizaciones políticas (OP) tendrían la posibilidad de presentar uno de los cuatro recursos ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), en contra del resultado de los comicios.

El artículo 268 del Código de la Democracia establece que las OP pueden interponer los siguientes recursos a la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) del pasado 18 de abril, como el ordinario de apelación; acción de queja, extraordinario de nulidad y el recurso excepcional de revisión.

Patricio Baca, presidente del TCE, afirmó que cualquiera de estas acciones pueden ser presentadas. Además, dijo que es responsabilidad del Contencioso responder a lo que presentan las OP.

Dentro del procedimiento legal y para que existan resultados en firme de las elecciones, el CNE deberá solicitar por escrito al TCE la certificación sobre la existencia o no de trámites pendientes por atender. Hasta el cierre de esta edición no existía el pedido formal.

De presentarse uno de estos recursos (4) por parte de las OP, el Contencioso debería resolverlos antes del 16 de mayo, día en que el organismo electoral entregará las credenciales al binomio presidencial. Dentro del ámbito administrativo, es decir, en el CNE, las OP ya no pueden presentar recursos, según indica el Código de la Democracia.

TCE archivó pedido de Páez

El Contencioso Electoral archivó el recurso de nulidad al proceso electoral presentado por Andrés Páez, excandidato vicepresidencial por CREO-SUMA.  

Entre las razones de esa decisión destaca que el pedido no cumplía con los requisitos para ser admitido a trámite, y tampoco tiene pruebas que sustente dicho pedido, como el incumplimiento de los numerales 3, 4 y 5, del artículo 13, del Reglamento de Trámites Contencioso Electorales.

En estos se menciona que para presentar un recurso se debe  especificar el acto, resolución o hecho sobre el cual se interpone la acción; detallar los hechos en que se basa la impugnación y justificar aquello con pruebas.

Baca dijo que el pedido de Páez -originalmente- fue de 3 hojas y que carecía de fundamento. Recordó que, de acuerdo con la ley, el único que tiene capacidad para presentar estas reclamaciones es el procurador de la alianza.

Mencionó que el mismo movimiento sabe presentar recursos y puso como ejemplo el pedido de Miguel Ángel Moreta, excandidato a la Asamblea, quien solicitó el recuento de un número determinado de actas en Santo Domingo. Debido a que estaba debidamente sustentado, el TCE accedió al pedido.

Por eso lamentó que existan críticas al Contencioso por archivar dicho pedido. “Cuando ellos quieren presentar, lo hacen bien, con argumentos y con minuciosidad”.

Sin embargo, Fausto Holguín, secretario del CNE, aclaró que luego de archivar el recurso, los resultados quedarían “en firme”.  

Dijo que por ley se debe esperar 3 días hasta que los resultados sean conocidos por el pleno, para que, posteriormente, sean proclamados definitivamente y se entreguen las credenciales. (I)

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