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Las quejas de los ciudadanos llegan a la defensoría del pueblo

Un proyecto de ley regulará la medicina prepagada de 800 mil usuarios

Un proyecto de ley regulará la medicina prepagada de 800 mil usuarios
05 de noviembre de 2015 - 00:00 - Redacción Política

En el interior de la Comisión de los Derechos de la Salud de la Asamblea comenzó un nuevo trajín.

Los legisladores han convocado a académicos, representantes de las asociaciones de aseguradoras de servicios de salud, funcionarios de la Defensoría del Pueblo, comités de usuarios y profesionales del ramo, para pulir una nueva normativa: La Ley de Seguros Médicos y Medicina Prepagada.

Ayer fue el turno del director General del Servicio Nacional de Contratación Pública, Santiago Vásquez, quien acudió por la tarde a la comisión para exponer cómo se realiza el proceso de contratación pública de adquisición de medicamentos.

El proyecto fue presentado en marzo del año pasado por la asambleísta Pamela Falconí (PAIS).

El documento contiene en principio 16 artículos y 2 disposiciones transitorias. Con las convocatorias, la Comisión empezará a preparar el proyecto para su primer debate en el pleno del Legislativo. El principal objetivo de la norma es otorgarle al Estado un rol regulador, pero que su implementación no cueste.

Para Falconí, la ley evitará la discriminación que sufren actualmente las personas que tienen enfermedades catastróficas, como el cáncer; degenerativas y crónicas, como la hipertensión y la diabetes; y las personas con discapacidad, adultos mayores y casos de mujeres embarazadas que no pueden acceder a una medicina prepagada o a un seguro médico.

DATOS

El proyecto establece 3 tipos de infracciones: leves, graves y muy graves. Leves son la modificación unilateral del contrato o de los servicios sin previa notificación al usuario y el aumento de primas  de salud sin base técnica aprobada por la Autoridad Sanitaria o la Superintendencia de Compañías.   

Son infracciones graves promocionar prestaciones, contratos o cualquier modalidad de servicio no aprobado  por la  autoridad competente o aquellas en las que el usuario sea mal informado y que atente a sus derechos; el incumplimiento contractual y la negación de una prestación o servicio dentro del acuerdo contractual.

Las infracciones muy graves incluyen la negación de un servicio, si contraviniera la disposición de atender en caso de riesgo vital, incluso si no estuviere dentro del rango de prestaciones especiales. Cualquier afectación sobre la vida o salud del usuario a consecuencia de la no prestación del servicio contratado; y, no presentar la información requerida por los organismos de control dentro de los plazos, o proporcionar información incompleta, falsa o adulterada.

Si la infracción es leve se sancionará con multa de 1 a 30 remuneraciones básicas unificadas; en caso de que sea grave, la multa equivaldrá a  entre 31  y 100 remuneraciones básicas; y si es muy grave, la multa oscilará entre 101 y 500 remuneraciones básicas.

El usuario tiene derecho al respeto a su salud e integridad, a que se le cumplan las obligaciones contractuales en la prestación de servicios de seguro médico y de medicina prepagada, a tener acceso a información detallada de sus obligaciones y derechos, y a ser informado oportunamente de cualquier modificación contractual.
La ley establece reglas claras para el usuario y la prestadora del servicio a la hora de firmar un contrato, de tal forma que esta cumpla no solo con lo establecido en las cláusulas, sino con el fin universal que es la protección de la salud, por ser un derecho contemplado en la Constitución. “A veces ni en el seguro familiar usted puede ayudar a que su padre o su abuelo tenga una medicina prepagada porque no todos pueden tener esa cobertura”, manifiesta.

En las actuales condiciones del mercado si un ciudadano padece las enfermedades antes citadas: o no puede acceder a un seguro privado, o su costo es muy alto.  

La ley en vigencia no permite que el ciudadano reclame ante el Ministerio de Salud Pública ni ante la Superintendencia de Compañías.

En ocasiones el afectado acude ante el Defensor del Pueblo, quien tiene que interponer una acción de protección y esa no es la vía ni administrativa ni jurídica adecuada, según la asambleísta.

La Defensoría registra las quejas de ciudadanos. Solo en Guayas, en  2014, hubo 27 casos de personas que solicitaron la intervención de esta institución.  

Ese fue el caso de Mónica Valarezo, quien en octubre de 2014 se presentó ante la Defensoría del Pueblo en Guayas. Ella contrató el servicio de una aseguradora y le indicaron que debía presentarse en las clínicas afiliadas en caso de cualquier enfermedad. Cuando así lo hizo se realizó unos exámenes, pero le entregaron los resultados de otra persona. Al reclamar esta situación le dijeron que debía hacerse nuevas pruebas, pero que debía pagarlas. La aseguradora le aclaró que esa diferencia no la iban a cubrir.

Silvia Núñez del Arco acudió en diciembre del año pasado a realizarse una biopsia, pero la aseguradora le indicó que el contrato no le cubre esos casos. Como estos reclamos son muchos los que llegan a la Defensoría del Pueblo.

El proyecto de ley propone que el Ministerio de Salud vele por la calidad de los servicios y que los médicos sean acreditados, además que las entidades del sistema financiero puedan constatar que las empresas tengan un patrimonio constituido y que sus recursos estén protegidos y no en paraísos fiscales, una práctica muy común en la actualidad.

Para la asambleísta María Alejandra Vicuña, de la Comisión de Salud, el proyecto pretende llenar vacíos que existen en la actual normativa, donde la regulación no está muy clara respecto a qué entidad debe hacerlo. No se sabe a ciencia cierta si la encargada es la Superintendencia de Compañías, o la de Bancos o la autoridad sanitaria.   

La semana pasada la representante de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en Ecuador, Cecilia Acuña, efectuó observaciones al documento, pues se dan casos de mujeres en edad fértil en los que los servicios de medicina prepagada cubren el embarazo y el parto, pero no establece nada sobre las emergencias derivadas de estas dos situaciones. “Si hay una complicación o emergencia obstétrica y hay que realizarse una cesárea, el seguro no lo cubre”, reveló.    

Vicuña asegura que el equipo técnico de la OMS conoce este tema y puede acompañar a pulir el informe para primer debate. Existen alrededor de 800 mil usuarios en el país que utilizan el servicio de medicina prepagada.

Acuña, en su exposición, señaló que se deben regular de manera más nítida temas relacionados con la medicina prepagada y con el contenido financiero y sanitario de un plan de salud, su precio en relación al costo de producción y la regulación de la preexistencia. Además es preferible para el usuario contar con un solo plan que ofrezca todos los servicios y prestaciones de salud. También se sugiere disminuir las generalidades en la atención a los usuarios y hacer especificaciones para protegerlos de los seguros médicos privados. (I)

Los usuarios desconocen a dónde acudir

La Defensoría del Pueblo es la institución que, de momento, recepta las quejas e inquietudes de los usuarios cuando consideran que ha existido alguna vulneración de sus derechos respecto de la aplicación de los seguros médicos y medicina prepagada.     

En ese sentido, la coordinadora zonal 8 de la institución, María José Fernández, explica que cuando una persona ingresa su queja por cualquier situación, sea por comunicación escrita o por vía virtual, la institución le asigna un abogado.

“Si nosotros vemos que se trata de una vulneración de su derecho consagrado en la Constitución (artículo 32) abrimos un expediente de investigación, realizamos las diligencias y solicitamos información a la compañía que ofrece los seguros médicos. También efectuamos audiencias públicas y hacemos una inspección del caso que se denuncia”, sostiene.

Como Defensoría, agrega, se procura que haya conciliación entre las partes, pero siempre precautelando la protección de la parte más débil, que en este caso es el usuario.

“En temas de salud siempre hemos llegado a buenos acuerdos, pero la responsabilidad ulterior es siempre solucionar los casos en beneficio de cuyas personas han sido vulnerados sus derechos”, aclara.

Un hecho que llama la atención de la funcionaria es que muchos usuarios desconocen a dónde acudir para presentar su queja; de allí la importancia del proyecto de ley. (I)

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