Supercom pide rectificación a periódico del Municipio de Rumiñahui
La Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) emitió una resolución en contra del periódico quincenal del Gobierno Autónomo Descentralizado de Rumiñahui por no cumplir con los requisitos de contrastación de una noticia.
El organismo determinó la responsabilidad del medio ‘Rumiñahui y su gente’, periódico quincenal del Municipio de Rumiñahui, por no haber difundido todo el contenido de la rectificación requerida por Gerardo Pabel Alcocer Espinosa, presidente de Liga Deportiva Cantonal de Rumiñahui.
En base al artículo 56 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), se determinó que el medio de comunicación inobservó lo establecido en el inciso segundo del artículo 23 de la LOC. Esta norma establece la lectura o transcripción de la rectificación y la disculpa pública en el mismo espacio en donde se difundió la información inexacta.
En tanto, la Supercom dispuso que “en la siguiente edición que publique a partir de la notificación (de la resolución), difunda la rectificación solicitada”, observando los parámetros establecidos en este cuerpo legal.
Antecedentes
- El domingo 15 de junio de 2014, el periódico quincenal ‘Rumiñahui y su gente’, en su edición 6, publicó una nota periodística bajo el título “El Colegio Juan de Salinas es un semillero de atletas”.
- El 17 de junio último, el señor Gerardo Pabel Alcocer Espinosa, presidente de la Liga Deportiva Cantonal de Rumiñahui, pidió al medio de comunicación social que rectificara la información publicada dos días antes, amparado en el artículo 23 de la LOC.
- El 13 de julio de 2014, el periódico, en su edición 8, difundió la rectificación solicitada.
- El 23 de junio de 2014, el señor Alcocer Espinosa planteó una denuncia ante la Supercom en contra del medio de comunicación público ‘Rumiñahui y su gente’ por presunta infracción al artículo 23 de la LOC.
- Tras ser notificado, se convocó al medio de comunicación a la respectiva Audiencia de Sustanciación, prevista para el pasado 11 de agosto, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento para el Procesamiento de Infracciones Administrativas a la LOC.
- En la fecha mencionada, la abogada María Ampudia Iza, en representación del Presidente de la Liga Deportiva Cantonal de Rumiñahui, reconoció que el medio publicó la rectificación, pero recalcó que esta no estuvo contextualizada y se lo hizo en la edición 8 y no en la 7, como correspondía. Además, rechazó que dicha rectificación se hiciera en un espacio pequeño, menor al de la nota difundida inicialmente, por lo que se dejó “a un lado la labor que desempeña la Liga Cantonal de formación de atletas, en las que intervienen varias personas”, sostuvo.
- Por su parte, la abogada Paulina Maiquiza Palate, en representación de ‘Rumiñahui y su gente’ ratificó que el 15 de junio se publicó una nota periodística en la que se señalaba que “desde hace dos meses, y gracias a la iniciativa del doctor Aníbal Fuentes, presidente de Concentración Deportiva de Pichincha (C.D.P.) se vincularon profesionales al plantel, como Washington Lata, entrenador de atletismo”.
Reconoció que el 13 de julio pasado se rectificó el nombre del entrenador de atletismo, con el del señor William Suntaxi en la edición 8 del periódico, pues dentro del convenio de impresión con que tiene el rotativo, deben remitir la información con 15 días de anticipación.
Finalmente este organismo de control determinó que la noticia publicada “El Colegio Juan de Salinas es un semillero de atletas” no cumplió “con los requisitos de contrastación y precisión, pues no se consideró las versiones o información que al respecto podría proporcionar la Liga Deportiva Cantonal de Rumiñahui”.