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Ecuador, 23 de Diciembre de 2024
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Plazo para presentar los informes de las cuentas de campaña termina hoy

Los informes de las cuentas se presentan de acuerdo a la dignidad y jurisdicción donde se inscribieron para participar en los comicios pasados.
Los informes de las cuentas se presentan de acuerdo a la dignidad y jurisdicción donde se inscribieron para participar en los comicios pasados.
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Hoy viernes 21 de junio culmina el plazo para que los responsables del manejo económico de las organizaciones políticas presenten al Consejo Nacional Electoral (CNE) las cuentas de campaña de las últimas elecciones.

Este proceso lo determina el artículo 230 del Código de la Democracia, el cual establece que un día después del sufragio -en este caso el 24 de marzo-, las organizaciones políticas tienen 90 días para entregar dicha información.

Luis Verdesoto, consejero del CNE, manifestó que la entidad debe recibir 11.000 cuentas de campaña. “Cada uno de los responsables tiene una metodología muy precisa para entregar dicha información”, mencionó el consejero.

Añadió que una vez finalizado este proceso se informará el número de cuentas recibidas por el CNE.  

De acuerdo con la norma, el responsable del movimiento económico, con intervención de un contador público autorizado, deberá liquidar los valores de campaña para presentar el informe al órgano electoral o su delegado, para su examen y juzgamiento.

La documentación a entregar, según el artículo 232 del Código, es el monto de los aportes recibidos, su naturaleza y origen; el listado de contribuyentes, su identificación plena y la del aportante original.

Además, el destino y el total de las sumas gastadas en el proceso electoral por rubros, estados de cuenta y conciliaciones bancarias, y los comprobantes de ingresos y egresos con las facturas o documentos de respaldo correspondiente.

El CNE informó que el responsable económico o el procurador común -en el caso de alianzas- deberá cumplir con la disposición hasta 15 días después de recibida la notificación correspondiente.

Tras ello y en caso de incumplimiento, la entidad lo sancionará y otorgará a los responsables de la organización política otro plazo de 15 días.

De persistir, se aplicarán las sanciones previstas en la ley electoral, sin perjuicio de responsabilidades civiles y penales. (I)

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