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Ecuador, 24 de Diciembre de 2024
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Las pensiones vitalicias de los expresidentes se heredan

Las pensiones vitalicias de los expresidentes se heredan
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Cada mes el Estado gasta $ 77.581,25 en cubrir las pensiones que reciben 10 expresidentes y 11 exvicepresidentes, las cuales, además, por disposición de la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep), son vitalicias.

Los artículos 135 y 136 de la Losep indican que este beneficio puede ser heredado a favor del cónyuge o conviviente en unión de hecho legalmente reconocido.

En caso de fallecimiento de ambos, los montos de la pensión podrán trasladarse a los hijos menores de edad o mayores con discapacidades severas, calificadas por la entidad correspondiente.

Los montos del sueldo vitalicio que reciben son del 75% de la remuneración vigente de los mandatarios en ejercicio. Por este motivo al momento 9 exmandatarios cobran cada mes $ 4.226;25, con excepción de Fabián Alarcón, quien tiene una pensión de $ 3.200.

Entre los exvicepresidentes también hay diferencias pues retiran entre $ 4.057 y $ 2.400 debido a un decreto emitido en el régimen anterior que disminuyó el monto para los exmandatarios que hayan sido elegidos por el Congreso Nacional y no en las urnas.

Según los datos emitidos por la presidencia, en el caso de Jamil Mahuad recibe el dinero su hija; mientras que Carolina Egas Núñez recibe la pensión de su esposo, el exvicepresidente Jorge Zavala, fallecido en el 2014 y quien asumió ese cargo en 1968. Estos rubros han motivado el reclamo de sectores ciudadanos que no están de acuerdo en que se entreguen sueldos de por vida.

En enero de este año la Asamblea discutió 2 propuestas de reforma presentadas por las legisladoras Ana Galarza, de CREO, y María Mercedes Cuesta, de FE, pero se suspendió la discusión sin llegar a una resolución.

Esto motivó al colectivo Quinto Poder que, hace un mes, recoge firmas de la ciudadanía para que la Asamblea elimine los artículos 135 y 136 de la Losep.

Andrés Mendoza, dirigente de la organización, dijo que cuentan con 35 mil rúbricas que necesitan para presentar la reforma y esperan completar 150 mil. Esas firmas tendrán que entregarlas al Consejo Nacional Electoral (CNE), el 22 de julio. El organismo deberá verificarlas y dar paso a la discusión en primer debate en la Asamblea.

Al respecto María Dolores Miño, del Observatorio de Derechos y Justicia, experta en Derecho Constitucional, estima que la normativa debe revisarse.

Explicó que esta ley no guarda proporción. Por ejemplo, el expresidente Rodrigo Borja, quien terminó su mandato, recibe la misma pensión que Jamil Mahuad, que ejerció desde agosto de 1998 hasta enero del 2000, cuando fue derrocado.

Tampoco existen disposiciones sobre la terminación del beneficio si el exmandatario es sancionado penalmente. Eso permitió que Abdalá Bucaram (Presidente de agosto de 1996 a febrero de 1997), siga beneficiándose de la pensión, a pesar de haber tenido dos juicios penales. Lo mismo ocurrió con el exvicepresidente Jorge Glas, sentenciado por corrupción.

La experta recordó que en 2009, 2015 y 2016 se presentaron iniciativas legislativas para reformar los artículos o eliminarlos por completo, pero ninguna prosperó.

Otro punto a discutir es la extensión de las pensiones vitalicias, más allá de la muerte del titular. “Habría que evaluar si esto justifica para los hijos, pero en el caso del cónyuge sobreviviente podría entenderse”, acotó Miño.

La exvicepresidenta Rosalía Arteaga, quien fue binomio de Abdalá Bucaram, manifestó su oposición a una posible terminación del beneficio. “En mi caso he servido al país, además no es una cantidad considerable que amerite un gasto excesivo al Estado”, subrayó.

Lucio Gutiérrez, quien ejerció la presidencia de enero de 2003 a abril de 2005, cuando fue destituido, comentó que no ganó la presidencia para recibir una pensión. Por eso dijo que la pretensión de acabar con las pensiones no le preocupa, aunque las acciones emprendidas para tratar de eliminarlas responden a objetivos políticos, explicó.

El jurista Esteban Ron, profesor en la Universidad Internacional (UIDE), señaló que el análisis de las pensiones debe considerar la naturaleza política-jurídica de la institución. Son adaptaciones a las realidades de cada país en las que se aplica, señaló el docente. En el caso de Ecuador este beneficio se inició en 1963. (I)

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