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Mera señala que Asamblea debería realizar primer debate de reelección indefinida antes de octubre

Mera señala que Asamblea debería realizar primer debate de reelección indefinida antes de octubre
24 de mayo de 2014 - 16:41

Alexis Mera, secretario jurídico de la Presidencia, señaló que en este año tendría que realizarse la  primera votación en la Asamblea  sobre la enmienda constitucional sobre la reelección  presidencial .

Mera precisó que de concretarse la primera votación, la siguiente sería en el 2015. Agregó que en “en las próximas semanas debe ya discutirse el tema en la Asamblea Nacional y enviárselo a la Corte Constitucional”.

Detalló que para superar con el candado constitucional “el primer debate debe ser antes de octubre de este año”.

Rossana Alvarado, vicepresidenta de la Asamblea, manifestó  que la reelección presidencial fue un tema propuesto hace más de un año en la bancada de PAIS.

Alvarado señaló que se esperó un tiempo "hasta ver cuáles son las condiciones objetivas que se presentan" sobre el tema.

Afirmó que para que Correa sea candidato a la presidencia se necesita "una enmienda, pero para que vuelva a ser Presidente se necesitan votos".

La vicepresidenta del Poder Legislativo agregó que  "el bloque de 100 legisladores está dispuesto a hablar de una enmienda constitucional, de acuerdo al trámite que señale la Corte Constitucional". Detalló que la Asamblea tiene un plazo de 13 meses para pronunciarse, pero que antes el trámite tiene que enviarse a la Corte Constitucional.

La asambleísta Soledad Buendía  presentó el jueves formalmente la iniciativa a la cordinación del bloque. Detalló que se propone una  enmienda al artículo 114 y 144 para que sea procesado dentro de movimiento PAIS. "Es un texto inicial para que podamos construir los 100 asambleístas un documento que presentemos a la Asamblea Nacional", dijo.

Sobre la reforma a la Constitución, el artículo 441 plantea la enmienda de uno o varios artículos de la Constitución que no altere su estructura fundamental o el carácter y elementos constitutivos del Estado, así como que no establezca restricciones a los derechos y garantías o que no modifique el procedimiento de reforma a la Constitución.

Ese mismo articulado establece que  por iniciativa de un número  no inferior a la tercera parte de los miembros de la Asamblea Nacional se podría aprobar la enmienda. El proyecto, según la normativa, debería tramitarse en dos debates, en donde, el segundo debate, se realizará de modo impostergable en los 30 días siguientes al año de realizado el primero.

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