Los medios de prensa deberán reportar su pautaje al CNE
A menos de un año de elecciones presidenciales, el Consejo Nacional Electoral (CNE) dispuso nuevas reglas para el control de la campaña anticipada.
Los medios de comunicación tendrán que reportar mensualmente a este organismo, las contrataciones de propaganda con tinte electoral.
La resolución fue aprobada el pasado 22 de noviembre y, de acuerdo al órgano electoral, todas las organizaciones políticas del país fueron notificadas en sus respectivos casilleros electrónicos. No obstante, el escenario no es igual en los medios de comunicación.
Kléber Chica, presidente de la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión (AER), mencionó que hasta el momento no les han comunicado nada sobre el tema. “Si la normativa le asiste al Consejo Nacional Electoral pedirnos esa información, tendremos que proporcionársela; de lo contrario, no lo vamos a hacer”.
La Resolución PLE-CNE-11-22-11-2019 se ampara en la Constitución, en la Ley Orgánica Electoral de Organizaciones Políticas y en el Código de la Democracia, para la expedición de “la normativa que regule asuntos de su competencia”.
El documento, de cinco páginas, es cuestionado por César Ricaurte, director de la Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios (Fundamedios), quien señala que la ambigüedad del texto invita a la arbitrariedad. “Me preocupa que la introducción del término ‘campaña anticipada’ amplía el control a períodos indefinidos, entonces ¿cómo se delimita eso: un año, dos años, seis meses?”.
Añadió que solicitar a los medios de comunicación el informe de los contratos de propaganda puede ser malinterpretado como infracción. “Mañana un candidato contrata un espacio en el periódico y no está hablando nada electoral, pero si comenta de la situación política del país, ¿eso se considerará campaña anticipada?”.
Diana Atamaint, presidenta del CNE, expresó: “Al parecer, a muchos les incomodó empezar a controlar aquello porque, en desventaja de otros, ya se ha visto publicidad en los medios de comunicación, especialmente en las radios y la televisión a favor de unos y en desmedro de otros que todavía no han decidido hacer campaña”.
Atamaint aseguró que toda campaña adelantada será registrada y será imputada al gasto electoral de la organización política, una vez que se confirme la candidatura del personaje. “Se procederá a sancionar en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), como infracción electoral”.
No obstante, en el sistema de jurisprudencia del TCE, no hay procesos con ese concepto o en este tema.
Paúl Salazar, exconsejero nacional electoral, precisó que es necesario aclarar los términos y procesos en caso de que el objetivo sea fortalecer el control del gasto electoral. “Esto consta en las reformas al Código de la Democracia recientemente aprobadas”.
Salazar cree que una resolución no es suficiente para el cumplimiento de las nuevas reglas. “El CNE deberá hacer un monitoreo, efectivamente, pero haciendo una reglamentación de tal manera que los medios de comunicación se puedan guiar a partir de ella. En muchas provincias se pone un apellido y el número 2021, pero eso no quiere decir absolutamente nada”.
Cambios en el Código
Para el presidente del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Arturo Cabrera, las reformas electorales que se han introducido son importantes por dos elementos básicos.
El primero, dijo, “porque las organizaciones políticas deben entender la responsabilidad que tienen y que enfrentan en los procesos electorales”.
Añadió que el segundo es “porque el haber abandonado el voto forzado y aprobar el voto en plancha, va a reflejar de manera directa el incremento en la representación final política de las mujeres”.
Destacó que todos los ciudadanos deben estar vigilantes de los resultados, “para que no sean viciados con trampas electorales”. (I)