Los legisladores destituyeron a los magistrados de la corte suprema de justicia y del tribunal constitucional
Los exdiputados pagarán indemnización
Los 52 diputados que destituyeron a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), el 8 de diciembre de 2004 para dar paso a la ‘Pichi Corte’, deberán más de $ 12 millones. Esa cantidad la fijó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), en el caso denominado ‘Quintana Coello y otros Vs. Ecuador’.
El tribunal encontró culpable al Estado por la destitución de los magistrados, a la que considera fuera de la ley, por lo que ordenó la indemnización para los afectados.
Frente a eso, ayer la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, de la Asamblea, aprobó con ocho votos el informe sobre el derecho a la repetición a favor de los 27 exjueces de la CSJ. ¿De qué se trata aquello? “Es el mecanismo con el que el Estado busca la devolución de lo pagado como consecuencia de haber sido condenado por instancias judiciales nacionales e internacionales a erogar rubros a causa de actuar con dolo o culpa grave por parte de los servidores públicos”, señala el reporte de la Comisión.
Y como resultado de la reparación que hizo el Estado ecuatoriano, se dispone que este ejercerá la repetición contra los responsables de los daños, sin perjuicio de responsabilidad civil, penal y administrativa.
Caso Quintana Coello
Eudoro Loor
Iván López
Andrés Luque
Luis Mejía
Mesías Mora
Nubia Naveda
Vicente Olmedo
Héctor Orellana
Omar Quintana
María Augusta Rivas
Roberto Rodríguez
Sylka Sánchez
Franklin Sanmartín
Vicente Taiano
Mario Touma
Felipe Tsenkush
Bolívar Vásquez
Galo Vera
Luis Villacís
Luis Vizcaíno
Fidel Castro López
Jaime Estrada Bonilla
Rocío Jaramillo
Aurelio Llori
Jorge Montero
Washington Naranjo
Édgar Ortiz
Marco Proaño
Luis Almeida
Vinicio Andrade
Héctor Bárcenas
Ximena Bohórquez
Carlos Cajilema
Kenneth Carrera
Alejandro Cepeda
Denny Cevallos
Jorge Cevallos
Rafael Chica
Mario Coello
José Columbo
Freddy Cruz
Rafael Dávila
Marcelo de Mora
Rafael Erazo
Rodrigo García
Agusto Guerrero
Gilmar Gutiérrez
Silvana Ibarra
Carlos Kure
Jacobo Sanmiguel
Ernesto Valle
Carlos Vallejo
Según indica el informe aprobado ayer en la Comisión de Justicia, el 4 de noviembre de 2013 se condenó al Estado a reparar a las víctimas con un monto total de $ 12,3 millones. De este monto se ha cancelado $ 8,8 millones, “debiendo entregar hasta el 30 de marzo de 2016 la cantidad de $3,4 millones”. Los diputados deberán cubrir, entre ellos, toda la indemnización.
Para determinar la identidad de los diputados que votaron a favor de la destitución de los magistrados de la CSJ, se analizaron las fotocopias del acta de sesión del pleno del Congreso del 8 de diciembre de 2004 y la resolución número 25-181 adoptada por el órgano legislativo. También se verificó la copia del audio de la sesión realizada ese día.
Para el legislador Luis Fernando Torres (Cambio-Partido Social Cristiano), los diputados de 2004 a los que se les aplicará el derecho de repetición tendrán que someterse a un proceso judicial, “debiendo los jueces resolver si actuaron con culpa grave y si estaban protegidos por la norma constitucional sobre irresponsabilidad por los votos. No se trata, por lo tanto, de un proceso ejecutivo ni de ejecución”.
Según el asambleísta, los exdiputados deberán ejercer su defensa sin militancias.
En la Legislatura se explicó que el informe pasará a conocimiento y resolución del pleno. La presidenta del órgano legislativo, Gabriela Rivadeneira, podrá presentar la demanda como lo dispone el artículo 69 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
Esta normativa permite ejercer el principio constitucional de derecho de repetición, manifestó la legisladora Mariángel Muñoz (Alianza PAIS), vicepresidenta de la Comisión de Justicia.
A su juicio, esta es una resolución trascendental para los intereses del Ecuador. “Con la aplicación del derecho de repetición, los exdiputados asumirán dichos pagos, montos que serán fijados por la justicia para cada uno de ellos y así se recuperarán dineros del erario nacional”.
Caso Camba Campos Vs. Ecuador
Pero esto no fue lo único que trató la Comisión de Justicia. Los asambleístas también aprobaron el informe sobre el caso denominado Camba Campos Vs. Ecuador.
¿Qué ocurrió en este hecho? El 25 de noviembre de 2004 se destituyó a ocho vocales del Tribunal Constitucional de forma inconstitucional y arbitraria, contra expresos mandatos de la Convención Americana, según la misma Corte IDH.
Por eso, el organismo internacional falló a favor de esos exfuncionarios y, en sentencia del 4 de noviembre de 2013, se condenó al Estado ecuatoriano a reparar a estas “víctimas de las violaciones de Derechos Humanos” con un monto de $2,2 millones, cancelados por el Estado el 19 de mayo de 2014.
Luego, a través del oficio número 01954 del 14 de julio de 2015, el procurador Diego García solicitó a la Presidencia de la Asamblea una investigación para determinar la identidad de los responsables.
El objetivo era conocer los nombres de los diputados que aprobaron la destitución de los vocales del Tribunal Constitucional. Para ello se analizó una copia del audio de la sesión realizada el 25 y 26 de noviembre de 2004.
Así se determinó que con 50 votos a favor, 34 abstenciones y 12 diputados ausentes se aprobó la resolución propuesta por la entonces legisladora María Augusta Rivas.
Allí se resolvió “declarar que los vocales principales y suplentes del Tribunal Constitucional fueron designados en forma ilegal y, proceder a designarlos de acuerdo con lo que manda la Constitución y la ley, de entre las ternas recibidas en su momento por el Congreso Nacional (...) Designar a los dos vocales principales y suplentes del Tribunal Constitucional que directamente le corresponde hacer al Congreso Nacional”, reseña el informe de la Comisión de Justicia.
Caso Camba Campos
Soledad Aguirre
Luis Almeida
Raúl Andrade
Vinicio Andrade
Enrique Ayala Mora
Héctor Bárcenas
Ximena Bohórquez
Carlos Cajilema
Kenneth Carrera
Fidel Castro López
Alejandro Cepeda
Denny Cevallos
Rafael Chica
José Columbo
Freddy Cruz
Rafael Dávila
Marcelo de Mora
Rafael Erazo
Jaime Estrada Bonilla
Augusto Guerrero
Guillermo Guffante
Gilmar Gutiérrez
Rafael Heredia
Silvana Ibarra
Rocío Jaramillo
Carlos Kure
Guadalupe Larriva
Aurelio Llori
Iván López
Andrés Luque
Luis Mejía
Jorge Montero
Mesías Mora
Washington Naranjo
Nubia Naveda
Vicente Olmedo
Héctor Orellana
Édgar Ortiz
Marco Proaño
Omar Quintana
Augusta Rivas
Roberto Rodríguez
Sylka Sánchez
Sandra Sandoval
Franklin Sanmartín
Segundo Serrano
Vicente Taiano
Mario Touma
Ernesto Valle
Pedro Vallejo
Carlos Vallejo
Iván Vásquez
Galo Vera
Luis Villacís
Luis Vizcaíno
En la reunión de ayer sobre este caso, el legislador Gabriel Rivera (PAIS) indicó que se debería incluir en el documento no solo los nombres de quienes votaron a favor el 25 de noviembre de 2004, “sino también quienes a través de actos necesarios e indispensables permitieron la destitución de los exvocales del Tribunal Constitucional”.
Torres indicó que, entre los diputados que votaron, hubo unos que actuaron de buena fe, como Édgar Ortiz. Otros bajo órdenes y amenazas, lo cual deberá ser constatado por la justicia.
“Hubo quienes actuaron de forma ideológica, sin mala fe, como el doctor Enrique Ayala Mora, por lo que su responsabilidad es atenuada. Al igual que Washington Naranjo y Marco Proaño Maya”, indicó el legislador. (I)
Declaraciones de bienes serían solo virtuales
La Comisión de Participación Ciudadana tramita el proyecto de Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas.
El presidente de la mesa, Fabián Solano, espera que para fines de este mes esté listo el informe para primer debate. Ayer acudió el contralor general del Estado, Carlos Pólit, para que explique el contenido de esta iniciativa.
La conclusión casi generalizada de los asambleístas es que este cuerpo legal es necesario para entregar nuevas herramientas que ayuden a mejorar los procesos de transparencia y dar una respuesta a los servidores públicos, en cuanto a ahorro de recursos económicos y tramitología.
Sin embargo, consideraron que el proyecto requiere de algunas precisiones y perfeccionamientos para garantizar el debido proceso y el derecho de las personas a la presunción de inocencia. El Contralor dijo que está de acuerdo con que el texto requiere mejoras.
La iniciativa tiene como propósito actualizar la normativa para la presentación y control de las declaraciones patrimoniales juradas, para facilitar su elaboración, registro y examen.
El cambio fundamental es que el proceso se lo hará en un formulario electrónico, mediante la página web de la Contraloría, sin necesidad de que sea elevado a escritura pública, como sucede en la actualidad.
El texto, en su artículo 11, dice que se adoptarán todas las acciones para que la información se mantenga segura.
De acuerdo con la presentación de Pólit las escrituras públicas iniciales, finales y periódicas se archivan en cajas de retención de documentos, debidamente codificadas. En la institución existen hasta hoy 1.400 cajas con esos papeles. (I)