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Ley de Extinción de Dominio, clave en lucha anticorrupción
Uno de los problemas que enfrenta la justicia es la manera de recuperar los recursos que obtienen los corruptos que defraudan al Estado, así como las organizaciones criminales. Por ello la creación de una Ley de Extinción de Dominio resulta fundamental para esta lucha y así lograr el retorno de bienes y dinero obtenidos de manera ilícita.
El presidente Lenín Moreno recordó el miércoles 20 de mayo de 2020 que ha presentado a la Asamblea varias propuestas para combatir la corrupción. Una de ellos, el proyecto de ley de Extinción de Dominio, con el que se busca la recuperación de los recursos de los que se han apropiado los corruptos.
La corrupción en la década del gobierno de Rafael Correa, según cifras de organismos locales e internacionales, sería de entre los $ 30.000 y $70.000 millones en perjuicio del Estado.
Ante ello, Granda también entregó otra propuesta de reforma a la Ley Orgánica de la Función Judicial para que el Consejo de la Judicatura prepare jueces anticorrupción específicos para esos delitos.
El proyecto se envió a la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional que sigue el trámite. En esta línea, la Comisión de Participación Ciudadana del Legislativo avanza en la preparación de la Ley de Extinción de Dominio con base en el proyecto presentado por el legislador independiente Fabricio Villamar.
Actualmente es difícil recobrar los recursos que se llevan los corruptos y las bandas criminales, pues muchas veces sacan los dineros a paraísos fiscales o adquieren bienes que ponen a nombre de terceros.
Con esta ley se podrá tomar dominio, posesión y administrar los bienes localizados en Ecuador y, sobre todo, los que se encuentren en territorio extranjero, lo que se logrará mediante cooperación internacional. “Es una herramienta de combate real a la corrupción y el crimen organizado”, aseguró Villamar.
Explicó que el origen injustificado o destino ilícito de los bienes deberá estar relacionado directa o indirectamente con los siguientes tipos penales: delitos contra la eficiencia de la administración pública y contra el régimen de desarrollo.
También delitos relacionados a la producción o tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización; delitos económicos, delitos contra la responsabilidad ciudadana, y terrorismo y su financiación.
Para que esto suceda se debe implementar un sistema judicial con jueces y fiscales especializados.
La normativa aclara que la aplicación de la declaración de titularidad a favor del Estado se dará por sentencia judicial sobre los bienes, independientemente de quién los tenga o los haya adquirido y que se demuestre que tienen origen ilícito.
El proyecto que discute la comisión incluye que la extinción de dominio es imprescriptible, autónoma e independiente de la acción penal y de toda declaratoria de responsabilidad. Es decir, que con este instrumento legal se podrá iniciar un proceso sobre los bienes, independiente del penal al que sea sometida la persona acusada de corrupción o de los delitos señalados.
La penalista colombiana Sara Salazar explicó a los legisladores de la comisión que, en el caso de su país, la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio le ha permitido al Gobierno recuperar los bienes adquiridos a través de inversiones fraudulentas.
Aclaró que la crítica al procedimiento se refiere a que vulnera el principio de inocencia, pues se levantan medidas para incautar bienes o fondos de una persona que no ha sido sentenciada. Pero en este caso los objetos no son culpables o inocentes; además, es un proceso diferente al penal, que determina si las propiedades o dineros adquiridos tienen un origen lícito.
No obstante, el jurista Marco Morales explicó que, en el caso de la legislación ecuatoriana, podría ser un problema, pues la Constitución en su artículo 76, numeral 2, proclama la presunción de inocencia.
El presidente de la comisión, Raúl Tello, independiente, aseguró que el informe para primer debate estará listo en dos semanas. “Necesitamos esta ley para que el Estado recupere el perjuicio económico que ocasionó la corrupción, el crimen organizado y el lavado de activos”. (I)