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Juntas Parroquiales designan a su representante ante el Consejo de Competencias

Juntas Parroquiales designan a su representante ante el Consejo de Competencias
Foto: Tomada de la cuenta de Twitter de @cnegobec
17 de septiembre de 2019 - 16:25 - Redacción Política

Con 120 votos a favor, la lista conformada por Yandry Bazurto, presidente de la Junta Parroquial de Chirijos (Manabí), y Zoila Yauri, titular de la parroquia Sageo (Cañar), son los nuevos representantes de los gobiernos seccionales parroquiales rurales ante el Consejo Nacional de Competencias (CNC).

La elección se realizó hoy 17 de septiembre, a través de los colegios electorales que instaló el Consejo Nacional Electoral (CNE), Quito. Bazurto es el representante principal de los GAD Parroquiales y Yauri su suplente.

"Construir un país cada vez más equitativo es una tarea de todos", mencionó Diana Atamaint, presidenta del CNE, a través de su cuenta de Twitter, tras invitar a los representantes de Juntas Parroquiales Rurales a sumarse a los procesos de socialización e impulso de las reformas electorales.

El artículo 118 del Código Orgánico de Organización Territorial Autónomo Descentralizado (Cootad) menciona que los representantes de los gobiernos seccionales ante el CNC "serán elegidos mediante el colegio electoral convocado por el CNE de acuerdo a las normativas que establezca para el efecto".

Con la elección de hoy, el Consejo Nacional de Competencias queda integrado por: José Agusto Briones, secretario general de la Presidencia, como delegado permanente del Ejecutivo, quien presidirá la entidad, Holger Maroto, alcalde de Pelileo (Tungurahua), como representante de los gobiernos municipales; Rafael Dávila, prefecto de Loja, por parte de las entidades provinciales; y Yandry Bazurto en representación de los gobiernos parroquiales.

A ellos se suma Piedad Tapia, secretaria Ejecutiva del Consejo, quien tiene voz, pero no voto.

Los nuevos integrantes del CNC se reunirán periódicamente para tratar y resolver asuntos como determinar las competencias residuales que deban ser transferidas a los gobiernos autónomos descentralizados, promover y vigilar que se cumpla con los mecanismos de participación ciudadana en la gestión de los gobiernos autónomos descentralizados, entre otros. (I)

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