Íñigo Salvador: “Sobornos revela las desmesuras del poder cuando no está sujeto a los controles de un Estado de derecho”
El procurador Íñigo Salvador habló con El Telégrafo sobre el caso de corrupción Sobornos 2012-2016. Hoy inicia la audiencia de casación por cohecho agravado en el caso de corrupción Sobornos 2021-2016. Es el último recurso legal que le queda al expresidente Rafael Correa.
¿Por qué la Procuraduría solicitó se desestimen los recursos de apelación que han presentado los acusados en el caso de corrupción Sobornos 2012-2016?
Durante el juicio del caso Sobornos se logró demostrar que existió el delito de cohecho y la responsabilidad de los 20 procesados. Lo que esos recursos de apelación pretendían era desvirtuar la existencia del delito o la responsabilidad de los autores y partícipes. Por eso, era importante hacer notar a los jueces del tribunal de apelación que en el juicio ya se habían aportado pruebas suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia de los procesados y lo que correspondía era condenarles.
Hay confusión sobre el último recurso de casación que les queda a los sentenciados en segunda instancia en el caso Sobornos. ¿Puede explicar en qué consiste?
El recurso de casación es un mecanismo de impugnación de la sentencia del tribunal de apelación. Quienes lo presentan alegan que en la sentencia se violó la ley. Se trata de un recurso técnico ya que solo puede proponérselo por causales específicas relativas a la existencia de un error de derecho en la sentencia de apelación; error que debe ser revisado y corregido por el tribunal que conoce el recurso de casación.
Algunos sectores criticaron la conformación del Tribunal de Casación con conjueces temporales. ¿Usted qué dice?
En este caso, el recurso de casación será resuelto por un tribunal de conjueces de la Corte Nacional, puesto que todos los jueces han participado en distintas etapas del caso y habría debido excusarse de conocer el recurso de casación. La selección de los conjueces de la Corte Nacional de Justicia está regulada en el artículo 200 del Código Orgánico de la Función Judicial, que establece dos mecanismos para que el Consejo de la Judicatura los designe: del banco de elegibles, formado a partir de los resultados del concurso para la selección de los jueces de la Corte Nacional de Justicia; y, en su falta, de entre los miembros de la carrera judicial, a partir del octavo nivel. En caso de que no existan ni siquiera estos últimos, el Consejo de la Judicatura está plenamente facultado para establecer el mecanismo de designación temporal de los conjueces. Esto es lo que ocurrió. Todo de forma absolutamente legal.
¿Qué resultados puede tener la revisión de la casación?
Los jueces podrían negar los recursos y ratificar la sentencia o acoger uno o varios de los pedidos y casar, es decir reformar, la sentencia de apelación. En el primer caso se mantendría la sentencia ya dictada por el Tribunal de Apelación. En el segundo caso, dependerá de cómo quede reformada la sentencia en relación a cada procesado.
¿Cuál es el siguiente paso legal en este caso y en cuánto tiempo habría una sentencia ejecutoriada contra los 18 sentenciados por este caso de corrupción?
Después de la resolución de este recurso, las partes pueden requerir la ampliación o aclaración de la sentencia. Una vez que estos pedidos sean atendidos, la sentencia se ejecutoría y en caso de no ser cumplida, el siguiente paso será solicitar su ejecución. Resulta aventurado pronosticar un tiempo exacto, pero será necesariamente corto.
¿Qué implica una sentencia ejecutoriada para los acusados?
Significa que ya no pueden presentar ningún otro recurso y que deberán cumplir con las penas y reparación a que han sido sentenciados.
En el caso específico del expresidente Rafael Correa, ¿qué significa una sentencia por cohecho agravado?
Significa que judicialmente se ha probado que Rafael Correa delinquió en contra del Estado, como administración pública, al haber instigado a un grupo de funcionarios para que acepten ofertas o promesas y reciban presentes por parte de un grupo de empresarios.
Algunos abogados señalan que la Corte Nacional de Justicia tiene 8.269 causas pendientes, pero admitió de manera rápida la audiencia de casación del caso Sobornos. ¿Han tratado de deslegitimar el proceso de este caso?
El despacho de los procesos judiciales compete legal y judicialmente a los jueces y demás servidores de la Función Judicial. Por la relevancia de este caso, los actores involucrados, el tipo de delito y la forma en que se cometió es un caso que la ciudadanía sigue muy de cerca. Ello implica que esté sujeto a alabanzas y críticas. En todo caso, me parece absurdo reclamar porque un caso avance rápido; lo que hay que reclamar es que muchos otros avancen lentamente.
El expresidente ha dicho hasta el cansancio que este caso es un claro ejemplo de “Lawfare”. ¿Cuál es su opinión al respecto?
La Función Judicial es una de las bases sobre las que se ejerce el poder del Estado. La justicia se basa en la ley, en las pruebas y en los criterios objetivos de valoración que deben utilizar los jueces para adoptar sus decisiones. Cuando una persona ha adecuado su conducta a un delito debe ser sancionada, independientemente de cualquier condición personal o social. El “Lawfare” no existe. Lo que existe es un afán de los sentenciados por aparecer como víctimas, cuando en realidad ellos son los victimarios. Las víctimas somos el Estado, cuando le roban sus recursos, y los ecuatorianos, que somos los dueños de esos recursos.
Hay tres acusados en el caso Sobornos que dejaron de presentarse ante la Justicia: Viviana Bonilla, Christian Viteri, quien salió del país, y la ex ministra de Transporte, María de los Ángeles Duarte, quien está refugiada en la embajada de México en Ecuador. ¿Qué pasará con sus sentencias?
Evidentemente estas situaciones dificultan la ejecución íntegra de la sentencia; sin embargo, la misma Constitución reconoce que, al tratarse del delito de cohecho, las penas previstas son imprescriptibles. Una vez ejecutoriada la sentencia y, de ser el caso, las autoridades realizarán los pedidos pertinentes para que estas personas sean detenidas en cualquier lugar en que se encuentren y cumplan con las sanciones impuestas.
Sobornos está considerado como el caso más grande de corrupción en el país. ¿Por qué razones?
Porque nunca en la historia jurídica del país se había conocido un caso en el que estén procesadas y hayan sido condenadas tantas y tan altas autoridades del Estado y tan importantes empresas contratistas. Este caso revela las desmesuras del poder cuando no está sujeto a los controles de un Estado de Derecho. Revela que el poder corrompe y que la falta de alternancia en su ejercicio abulta las apetencias personales de líderes y empresarios inmorales y debilita las defensas del cuerpo político. Pero, sobre todo, nos deja una lección esperanzadora: hay un rescoldo de conciencia ética en las instituciones del Estado y en la sociedad ecuatoriana; basta avivarlo para que brille la justicia.
¿Cómo lucha la PGE contra la corrupción en este país?
La Procuraduría General del Estado defiende los intereses del Ecuador ante los tribunales nacionales e internacionales. También a través de su función asesora y de control de actos y contratos públicos, previene que el Estado sufra daños. Las limitaciones legales y presupuestarias impiden muchas veces que la Procuraduría General del Estado ejerza un rol más activo. Pero en todo caso, la solvencia jurídica y ética de la institución es reconocida por todos y constituye un referente en el fortalecimiento del Estado de Derecho. (I)