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Incumplimiento de fallo traería juicios penales

Los asambleístas Juan Cristóbal Lloret y Gabriela Rivadeneira participaron en la cita donde se cesó a Moreno.
Los asambleístas Juan Cristóbal Lloret y Gabriela Rivadeneira participaron en la cita donde se cesó a Moreno.
Foto: Mario Egas / El Telégrafo
03 de noviembre de 2017 - 00:00 - Agencia Andes y Redacción Actualidad

Un Tribunal de Garantías de Quitumbe, en el sur de Quito, dispuso   al Consejo Nacional Electoral (CNE) que no inscriba “cualquier nombramiento ilegal” de Ricardo Patiño como presidente del movimiento oficialista Alianza PAIS, posesionado en ese cargo por la directiva nacional de la agrupación, en sustitución de Lenín Moreno.

“Tribunal ordena Medidas Cautelares para garantizar derechos constitucionales a @Lenin dejando sin efecto decisión ilegal de algunos miembros (de) AP”, precisó en Twitter el secretario general de la Presidencia, Eduardo Mangas.

Según añadió, quienes participaron de la reunión “ilegal” de PAIS “tendrán que ser sometidos a la Comisión de Ética y Disciplina y ser expulsados del Movimiento”.

La Secretaría de Comunicación (Secom) difundió un documento donde dicho Tribunal de Garantías acepta las medidas cautelares solicitadas por Moreno “en calidad de presidente nacional del Movimiento Patria Altiva I Soberana-Alianza PAIS”, en contra de Patiño como segundo vicepresidente de la agrupación política y de su secretaria ejecutiva, Gabriela Rivadeneira.

Además, contra Doris Soliz Carrión, exsecretaria ejecutiva de AP; Janeth Paola Cabezas, miembro de la Comisión Electoral del movimiento; Juan Christóbal Lloret, director provincial de PAIS en Azuay, y Lira de la Paz Villalba, directora provincial en Tungurahua.

El Tribunal resolvió declarar las medidas cautelares “para evitar o cesar la amenaza o violación de los derechos reconocidos en la Constitución” y dispuso al CNE que no proceda a inscribir a Patiño como presidente nacional de AP ni a Rivadeneira como segunda vicepresidenta, al no haber sido elegidos por la Convención Nacional del Movimiento.

Además aceptó cesar los efectos que se puedan derivar de la Resolución de la Dirección Nacional del Movimiento, del 31 de octubre y para ello estableció que notificará de este dictamen a la agrupación en Quito.

Al solicitar dichas medidas cautelares, Lenín Moreno argumentó que los supuestos fundamentos en los que pretenden sustentar “tan ridículo despropósito”, carecen de absoluta validez, lógica, legalidad y decencia, por no ser otra cosa que un intento cargado de afrenta por hacerse de la conducción del Movimiento y faltando con ello el respeto a la militancia.

Alegó que para intentar darle argumento a la supuesta resolución de la directiva nacional de AP, se señaló que él incumplió el definir conjuntamente con la Dirección Nacional, la estrategia de relacionamiento con organizaciones políticas, así como evaluar el plan programático y aprobar los lineamientos políticos del período; además de, supuestamente, incurrir en la falta grave de realizar acciones políticas en beneficio de personas o grupos opositores a las políticas de la Revolución Ciudadana.

Sin embargo, anotó que en el Régimen Orgánico, el único Órgano dentro del Movimiento con facultades para nombrar a su Presidente, conforme el artículo 16, es la Convención Nacional y las funciones de dicho organismo no expresan la facultad de resolver “la pérdida inmediata de la dignidad como Presidente de quien la ostenta, bajo ninguna circunstancia”.

Se solicita también que sean revocadas dichas designaciones y se señala que según la petición de las medidas cautelares, el presidente no habría sido enterado ni convocado de la asamblea realizada la víspera.

Indica además que para imponer la sanción contra el presidente nacional de AP, “debió haberse observado el debido proceso”.

Para el jurista Johnny Ayluardo Salcedo, exjuex de la Corte Nacional de Justicia, no se ha respetado la presunción de inocencia que debe primar en los actos de carácter judicial y administrativo. “Además es necesario darle la oportunidad a la persona que está siendo imputada a que pueda defenderse, eso es elemental en derecho. Además la Constitución es clara y debe garantizar el debido proceso primero, la presunción de la inocencia y el ejercicio del derecho a la defensa”.

El letrado indicó que “ahora hay un pronunciamiento de carácter jurisdiccional y constitucional. Ya hay un decisión y el nombramiento de Ricardo Patiño para ese cargo queda sin efecto. Hay que acatar la sentencia dada por los jueces”. El incumplimiento podría acarrear problemas legales. (I)

Datos

Virgilio Hernández escribió en Twitter: “Decisión de Tribunal de Garantías  Penales sobre @35PAIS es muestra de arrogancia e ignorancia; es inconstitucional e ilegal. Precedente funesto”.

Ese mensaje fue replicado por los asambleístas Esteban Melo y Marcela Aguiñaga.

Omar Simon, exfuncionario de la Vicepresidencia y expresidente del CNE, dijo que los temas electorales les corresponden a la Función Electoral.

La segunda vicepresidenta de la Asamblea, Viviana Bonilla, en una entrevista con el portal Ecuadorinmediato.com, dijo que no se respetó el debido proceso en el cese de Moreno como presidente de Alianza PAIS. Reconoció y lamentó la fractura del movimiento. (I)

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