Las autoridades ecuatorianas apelarán la sentencia que determina pagar $ 106 millones a la multinacional
Fallo beneficia retroactivamente a Chevron
El Tratado Bilateral de Protección de Inversiones (TBI) firmado en 1993 entre EE.UU. y Ecuador y que entró en vigencia 5 años después, no es retroactivo. A pesar de ello el Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia (EE.UU.) no lo tomó en cuenta y el pasado martes falló a favor de Chevron.
Dicho Tribunal, liderado por el juez Robert Wilkins, tampoco consideró que la Ley de Inmunidad Soberana de Extranjeros, de nivel federal de EE.UU., exige que para ejecutar los laudos arbitrales, éstos deben expedirse de conformidad con el acuerdo.
Según la Procuraduría General del Estado, este no es el caso del laudo arbitral del Caso Chevron II (ver gráfico), ya que la supuesta inversión de la petrolera terminó en 1992, mientras que el TBI -que contiene el acuerdo arbitral- entró en vigencia en 1997, circunstancia por la que Chevron nunca tuvo una inversión protegida.
“El Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia ha repetido el error de la corte de primera instancia: se ha negado a aplicar la Ley de Inmunidad Soberana de EE.UU. que les hubiese obligado a examinar la existencia de un TBI que ampare a Chevron. De hacerlo, habrían encontrado la incongruencia de proteger una inversión que terminó antes de la vigencia del Tratado”, dijo el procurador General, Diego García.
No descartó recurrir a otras instancias como el pleno de la Corte Distrital o ante la Corte Suprema de los Estados Unidos, para solicitar que esa decisión quede sin efecto.
El laudo arbitral es objeto de la apelación de Ecuador sobre la disputa por una supuesta denegación de justicia, debido a que 7 juicios planteados por Chevron entre 1991 y 1993 hasta la fecha del inicio del arbitraje no habían sido resueltos por las cortes ecuatorianas.
Pese a ello, Chevron entregó en 2006 una notificación de arbitraje internacional ante la Corte Permanente de La Haya, basándose en ese TBI, que es un contrato suscrito entre representantes de 2 países, en el que se especifican las condiciones, los beneficios, las garantías, los derechos y las obligaciones de los que gozarán los inversionistas dentro del otro Estado.
Según dijo en ese entonces el representante de Chevron en Ecuador, Jaime Varela, esos casos estuvieron pendientes en las cortes durante 16 años, lo que demostraba la falta de celeridad de la justicia ecuatoriana.
En 2010 el Tribunal Arbitral encontró a Ecuador responsable de esas acusaciones, pero rechazó la pretensión inicial de Chevron de ser indemnizada con $1.605 millones y, en su lugar, en primera y ahora en segunda instancia, condenó al Estado al pago de $96 millones más intereses, lo que sumaría $106 millones. (I)