Ecuarunari se declara en desobediencia civil para no cumplir con su registro legal
El incumplimiento del Decreto Ejecutivo 16 de junio de 2013, de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana (LOPC), del Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas (SUIOS) y de la Constitución, dejaría a la Ecuarunari sin registro legal y en situación de inactividad. No así a 58.400 organizaciones que ya están registradas en los ministerios.
El plazo para cumplir el registro de estatutos, que incluyó una prórroga de 6 meses, vence este 20 de diciembre, pero la Confederación de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador (Ecuarunari), filial de la Conaie en la Sierra y vinculada al Pachakutik, no presentará los documentos ante algún Ministerio a través del SUIOS, para tener personería jurídica y funcionar legalmente.
Representantes de la Ecuarunari y de otras organizaciones que no han cumplido con la normativa, acudieron a las 11:00 de hoy miércoles al edificio de la Corte Constitucional, ubicada al norte de Quito, para exigir la declaratoria de inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo 16, pues aseguran que afecta, atenta y pone en riesgo la libertad de expresión, de asociación y de participación.
Así lo manifestaron en la demanda que plantearon hace un año la Ecuarunari, Fundamedios y la Confederación Unitaria de Trabajadores Informales (Cucomitae), ante la CC. Al plantón de hoy en la Corte Constitucional acudieron alrededor de 50 personas entre dirigentes y miembros de la Ecuarunari, CONAIE, Fundamedios, del extinto Movimiento Popular Democrático (MPD) y políticos de oposición como Mauricio Larrea y Salvador Quishpe (PK). El artículo 36 de la LOPC señala que las organizaciones sociales que desearen tener personalidad jurídica deberán tramitarla en las diferentes instancias públicas que correspondan a su ámbito de acción y actualizarán sus datos conforme a sus estatutos.
El inciso segundo de ese mismo artículo dispone que el Estado deberá crear un sistema unificado de información de organizaciones sociales; para ello, las instituciones del sector público implementarán las medidas necesarias.
Carlos Pérez Guartambel, titular de la Ecuarunari, indicó a EL TELÉGRAFO que “se declaran en resistencia y desobediencia civil” ante la disposición de registrarse. Se ampara en el derecho a la libre
determinación: “Somos comunidades milenarias, preestatales con derechos a la diferencia e igualdad”, dijo.
Indicó que la desobediencia civil se da “ante el acto ilegítimo, injusto e inconstitucional”, que -según él-, vulneraría tratados y convenios internacionales.
Argumentó aquello pese a que el artículo 96 de la Constitución y el artículo 30 de la LOPC, reconoce todas las formas de organización de la sociedad, como expresión de la soberanía popular para desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las decisiones y políticas públicas y en el control social de todos los niveles de gobierno, así como de entidades públicas y privadas que presten servicios públicos; organizaciones que podrán articularse en diferentes niveles para fortalecer el poder ciudadano y sus formas de expresión, y deberán garantizar la democracia interna, la alternabilidad de sus dirigentes y la rendición de cuentas”.
Consultado sobre si la negativa de registrarse ¿implicaría que la Ecuarunari no quieren rendir cuentas y no le interesa la alternancia y la democracia participativa?, contestó que ellos solo rinden cuentas “al
milímetro” a sus bases.
Dijo que el Decreto de 16 de junio de 2014 es inconstitucional, pero no explicó por qué la Ecuarunari (central de etnias indígenas kichwahablantes de la Sierra), incumple también el artículo 1 de la LOPC, el cual propicia, fomenta y garantiza el ejercicio de derechos de participación de ciudadanos, colectivos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubios, y demás formas de organización lícitas, de manera protagónica, en la toma de decisiones, para fortalecer el poder ciudadano y sentar las bases para el funcionamiento de la democracia participativa, y las iniciativas de rendición de cuentas y control social.
En ese Decreto se destaca que “se torna imperativo contar con una normativa adecuada que en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, institucionalice el SUIOS y establezca
mecanismos de acompañamiento para la promoción y fortalecimiento de las dinámicas asociativas y organizativas.
La Secretaría de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana, creada por Decreto Ejecutivo No. 133, publicado en el Registro Oficial No. 35 de 7 de marzo de 2007, es el ente competente que lidera las políticas públicas destinadas a normar y garantizar la promoción y fortalecimiento de las organizaciones sociales, para cuyo efecto ejecuta las acciones y medidas conducentes a su estimulación, encausamiento y consolidación.
EL TELÉGRAFO consultó a Pérez si la actuación de la Ecurunari de no acatar las leyes implicaría pretender actuar como en un Estado dentro de otro Estado, respondió “No queremos crear un Estado dentro de otro Estado, solo que nos dejen vivir con nuestros principios milenarios. No nos acogeremos a normativas coloniales, occidentales, que no llevan a una democracia comunitaria”.
El registro se debe hacer ante alguno de los ministerios, como ya lo han cumplido 58.400 organizaciones sociales, de las cuales, la mayoría en Pichincha (11.205), Guayas (9.514) y provincias de la Sierra.
Con respecto a quién financia a la Ecuarunari, Pérez admitió: “Antes nos daba Acción Popular Noruega, pero ahora nos condicionan, le tuvieron miedo al Gobierno. Nos dijeron que bajemos la radicalidad, que entremos a dialogar; les dijimos que si es una sugerencia, bienvenida sea, pero
si es una condición, no”.
Negó que directa o indirectamente reciban aportes de la USAID.